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Visto para sentencia el juicio por la venta de las obras de Villanueva de Sijena

Tras casi cuatro horas de juicio en la que ninguna de las partes movía ni una sola coma de su argumentación, ha quedado visto para sentencia el juicio por la nulidad de las ventas de 97 obras del Monasterio de Villanueva de Sijena. Mientras DGA y el Ayuntamiento monegrino piden la restitución de las obras y su regreso al monasterio, además de declarar nulas las ventas por formar parte de un BIC, el abogado del gobierno catalán insistía en la nulidad del proceso y aseguraba que es la Generalitat la propietaria de las obras, pues es la que las custodia y la que catalogó esas obras como Bien de Interés Cultural.

Alberto Gimeno, letrado del ejecutivo autónomo, y Jorge Español, abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, ponían el acento en una modificación de los bienes objeto del juicio. Hace unas semanas la defensa de la Generalitat presentó un listado del que habían desaparecido 5 pinturas murales de alto valor artístico y que suponían casi el 90% del valor total de tasación. Una modificación a la que en ningún momento hacía referencia la parte catalana.

El juicio contaba con tres testigos. Dos periciales, José Ángel Sesma, Catedrático Emérito en Historia del Arte, y Juan José Nieto, Historiador y experto en los bienes del Monasterio, que demostraban la importancia del conjunto historico-artístico, en el que edificio y obras forman un todo. También testificaba como afectado el alcalde de Villanueva de Sigena, Ildefonso Salillas, quien relataba que fueron los vecinos de la localidad los que salvaron las piezas del monasterio de quedar calcinadas en el incendio de 1936, iniciado por anarquistas catalanes. Salillas también daba cuenta de las obras que tanto Patrimonio Nacional como el Gobierno de Aragón han llevado a cabo en el Monasterio desde 1950.

CONCLUSIONES

El abogado del Gobierno de Aragón pedía la nulidad de las ventas por ilicitud de la causa y del objeto y por un cosentmiento viciado por parte de las monjas Sanjuanistas. A su jucio, quedaba claro la importancia del Monasterio y la unidad en un todo del Monasterio de Villanueva de Sijena y las obras que había en su interior y que fueron vendidas, según él, de forma ilícita.

Tanto Alberto Gimeno como Jorge Español, abogado del ayuntamiento monegrino, hablaban de venta extracomercium, es decir, de la imposibilidad de vender algo con caracter indivisible al formar parte de un Bien de Interés Cultural.

Ambos pedían la restitución de de las obras y se reintegro al Monasterio y el reconocimiento de la Orden de San Juan como propietaria de las mismas.

Precisamente el letrado de la Generalitat, Xavier Muñoz, apuntaba al ejecutivo catalán como propietario de los bienes al haber sido ellos los que habían hecho la declaración de BIC, haberlas conservado y mantenido. Además, Muñoz apuntaba la nulidad del juicio por no haberse tenido en cuenta el domicilio de los demandados, Barcelona, Lérida y Alava. Precisamente esta tesis ha sido la defendida por el abogado desde el inicio del proceso.

El abogado del Museo Nacional de Arte de Cataluña pedía también la nulidad del jucio por estar las obras en litigio dentro del museo, que a su vez es también Bien de Interés Cultural. Negaba la idea de loa venta de cosa "extracomercium", pues, apuntaba, eso habría supuesto la desmembración del Monasterio y eso no ha llegado a ocurrir.

Finalmente el abogado de las monjas explicaba que no hay ninguna religiosa viva que tuviera relación con los hechos. Además, no ven mala acción en la venta porque se hizo a una administración pública. Finalmente, explicaba que decidieron no personarse en la causa y, por eso, no se contestó a la demanda, ya que no tienen ninguna pretensión en el caso.

 
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