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Retiran una tarjeta a un jugador del Tardienta tras su expulsión por hablar por el móvil durante un partido

El Comité de Competición de la Federación Aragonesa de Fútbol ha retirado una de las dos tarjetas que vio el jugador Rubén Barluenga de la AD Tardienta en el partido ante el Alcolea del pasado fin de semana. El club monegrino recurrió la amonestación que le mostraron cuando salió del terreno de juego para hablar por su teléfono móvil al recibir una llamada por un tema laboral, tras haber pedido permiso al colegiado. El árbitro le amonestó ya que según recoge el reglamento no se pueden utilizar dispositivos electrónicos durante los encuentros en el banquillo.

La reclamación del Tardienta ha sido atendida puesto que la llamada era por un asunto laboral al encontrarse el jugador de guardia en su trabajo, lo que ha entendido el comité que no tiene nada que ver con el desarrollo del juego y que era una situación totalmente excepcional.

Rubén Barluenga había comenzado el partido en el banquillo. Entró en el terreno de juego en el minuto 54’ y cinco minutos más tarde le avisaron que estaba recibiendo una llamada por lo que pidió permiso al colegiado para ausentarse y atenderla. Al regresar, tras pedir permiso de nuevo, se encontró con una tarjeta amarilla. Luego en el 88’ en un lance del juego fue expulsado al ver una segunda amonestación.

En este caso parece que se aplicó la lógica teniendo en cuenta que es fútbol aficionado y que el jugador estaba de guardia en su trabajo, como decía el propio Rubén Barluenga.

Resolución del Comité de Competición

TARDIENTA-A.D.

No se considera sancionable el incidente descrito por el colegiado en el punto 4 del acta del encuentro.

TARDIENTA-A.D.

El colegiado del encuentro amonesta en el minuto 62 al jugador RUBEN BARLUEGA VIÑUALES por utilizar un sistema electrónico de comunicación. El AD TARDIENTA ha formulado las alegaciones que a su derecho han convenido en el sentido de que dicho futbolista, solicitando el permiso del colegiado, debía atender una llamada telefónica por cuestiones laborales.

Preguntado el colegiado al respecto y siendo conocedor de las alegaciones presentadas por el club expone que efectivamente el jugador objeto del correctivo solicitó su permiso para abandonar momentáneamente el terreno de juego aunque no especifica si aquel le informó de sus intenciones o necesidades para tan inusual circunstancia.

As las cosas, el literal de la norma establece al respecto que Se prohíbe el uso de todo tipo de sistemas electrónicos de comunicación entre los jugadores (lo que incluye a los sustitutos, jugadores sustituidos y jugadores expulsados) y/o el cuerpo técnico. Hecho que evidentemente no se produjo ya que Barluenga Viñuales no se comunicó con ningún compañero ni, previsiblemente, miembro del cuerpo técnico pues se encontraban en el banquillo. Todo parece indicar, por tanto, que se trata de una circunstancia excepcional e indudablemente ajena al desarrollo del partido.

Por todo lo anterior, valorando las circunstancias concurrentes, este órgano de disciplina considera que debe anular la referida amonestación y no aplicar las consecuencias disciplinarias que de ella se derivaran.

 
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