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Aprobación definitiva de la tasa por prestación del servicio de archivos en la comarca

Con su publicación en el BOPH, la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de archivos se expone al público durante un mes 

Tras no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Consejo de la Comarca del Cinca Medio, celebrado a principios de junio, sobre imposición de la tasa por prestación del servicio de archivos, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma.

Mediante su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, se informa de la aprobación definitiva de imposición de la tasa por prestación del servicio técnico de archivos, así como de la aprobación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio técnico de archivos. En este sentido, la citada ordenanza se va a exponer al público durante un plazo de 30 días hábiles, a contar desde este jueves (día siguiente a su publicación en el BOPH).

La tasa se aplica al Servicio de Archivo por el personal técnico de la Comarca del Cinca Medio y que ésta realice a los ayuntamientos pertenecientes a la misma. Consistirá en la gestión y tratamiento de la documentación de éstos y la creación de los instrumentos (en formato informático o convencional) de control, descripción e información necesarios para la búsqueda y localización de los documentos, bien directamente en el Ayuntamiento respectivo al que se preste el servicio o bien a través de sistema informático de coordinación de archivos con respeto al marco legal y competencial correspondiente que se pueda crear entre la Comarca, Ayuntamientos y otras Administraciones públicas.

Algunos de los puntos de la Ordenanza:

Están obligados al pago de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el objeto del hecho imponible de la tasa.

La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija atendiendo al tiempo de prestación del Servicio por parte del Técnico de Archivos o si fuera necesario, también del personal comarcal administrativo o auxiliar de apoyo al mismo, bajo la dirección y supervisión del Técnico comarcal de archivos.

La gestión, liquidación, inspección y recaudación corresponde a la Comarca del Cinca Medio. El tributo se recaudará en los plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación. La gestión, liquidación, inspección y recaudación de esta tasa se realizará según lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en las demás Leyes reguladoras de la materia, así como en las disposiciones dictadas para su desarrollo.

 
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