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Aprobado el teletrabajo en el Gobierno de Aragón

La Mesa Sectorial de Administración General aprueba, por unanimidad, esta regulación

Tras varios meses de negociación, este viernes quedaba aprobado por unanimidad, en la Mesa Sectorial de Administración General, el procedimiento que regula el teletrabajo en el Gobierno de Aragón. Tras la aprobación de la regulación estatal del teletrabajo, tanto en el ámbito privado como en las Administraciones Públicas, los sindicatos consideraban urgente y necesario aprobar la norma autonómica que habilitara esta forma de prestación de servicios.

CC. OO. recuerda que ha participado activamente en las negociaciones que han permitido aprobar esa regulación estatal, realizando aportaciones orientadas a garantizar y compatibilizar los derechos de los trabajadores y trabajadoras y una correcta prestación de los servicios públicos. Este sindicato ha defendido desde el inicio de la negociación que el teletrabajo es una forma de prestación de servicios que tiene como única diferencia el lugar desde el que se prestan, que será distinto al centro de trabajo. Tiene carácter voluntario y reversible y la Administración tendrá que proporcionar los medios tecnológicos necesarios y quien teletrabaje tendrá los mismos derechos y deberes individuales y colectivos que el resto del personal que trabaje de forma presencial, incluyendo la normativa de prevención en riesgos laborales.

La Administración compensará mensualmente los gastos derivados del teletrabajo (mobiliario, conexión telefónica, gastos de energía) y el texto acordado garantiza plenamente que la responsabilidad de la prevención de riesgos laborales recae sobre la Administración.

Podrá trabajar todo trabajador/a que realice founciones que puedan ser teletrabajables; no podrán hacerlo quienes realicen trabajos en los que sea imprescindible la presencialidad; en cada unidad solo podrán teletrabajar simultáneamente un porcentaje de sus miembros, previamente establecido, la denegación del teletrabajo podrá ser recurrida; la persona que teletrabaje deberá firmar un documento de compromiso y realizar diariamente un parte de actividad.

Dentro de lo que es la jornada y el horario, se podrá teletrabajar como máximo 4 días a la semana; el horario de trabajo tendrá los mismos periodos de presencia obligatoria y flexibilidad; tendrán prioridad las personas con movilidad reducida, víctimas de violencia de género, en caso de enfermedad grave y determinados supuestos de conciliación.

La Administración está obligada a facilitar el ordenador, las aplicaciones informáticas y un acceso remoto en un entorno seguro. Se establece un complemento de 12 euros mensuales como compensación de los gastos derivados del teletrabajo. El lugar de trabajo desde donde se desarrolle el teletrabajo deberá ser previamente evaluado para cumplir con los requisitos establecidos en la legislación de prevención de riesgos laborales.

Y entre otras cuestiones, en casos de fuerza mayor familiar se podrá autorizar el teletrabajo por un periodo máximo de 3 meses.

 
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