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Consumo realiza una campaña de inspección a los administradores de fincas

La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios visitó 66 empresas y profesionales en una campaña de inspección de administradores de fincas en 2018 en la que se constató un grado de cumplimiento del 71,55% en el total de los controles efectuados, una cifra similar a la de otros sectores.

En el 100% de los casos inspeccionados se cumplía con el deber de emitir una factura y el 71,21% cumplían con la obligación de informar del servicio de atención al cliente. Esta campaña de inspección, dirigida al sector de los administradores de fincas, se ejecutó en los tres Servicios Provinciales de Ciudadanía y Derechos Sociales.

El administrador de fincas es una figura habitual en todas las comunidades de vecinos y que cuenta con unas funciones muy específicas. En general, se encarga de los trámites ordinarios relacionados con las instalaciones y servicios y la preparación de la documentación contable. También atiende aquellas reparaciones urgentes informando de ellos al presidente de la comunidad, también ejecuta los acuerdos adoptados en Junta y otras funciones que le sean encomendadas.

Como la contratación de dicho profesional se lleva a cabo por la propia comunidad de vecinos (que como tal tiene la consideración de consumidor final) conviene recordar que se tiene derecho a un presupuesto previo y a conocer las condiciones del contrato que se va a formalizar con el administrador, prestando especial interés al plazo, sus posibles prórrogas, modalidades de pago, posibles penalizaciones ante incumplimientos, etc.

Aunque este es un sector que plantea escasas reclamaciones, se ha constatado la existencia de un mayor número de consultas relacionadas con las comunidades de vecinos. De todas formas, “es conveniente diferenciar las cuestiones que van dirigidas contra la comunidad, que son la mayoría, de aquellas que se pueden entender como responsabilidad del administrador”, explica la directora general de Protección de Consumidores y Usuarios, Ros Cihuelo.

“Como en cualquier otra actividad, los profesionales y empresas han de informar de la dirección postal, teléfono y un email donde podamos dirigir las consultas, quejas y reclamaciones, que han de ser contestadas en el plazo máximo de un mes”, añade Cihuelo. A su vez, las hojas de reclamaciones deben estar a disposición de los usuarios y la información de precios de los servicios más habituales tiene que ser accesible del mismo modo.

No obstante, ante cualquier conflicto, el presidente de la Comunidad, como responsable de la misma, puede dirigirse al profesional para formular una reclamación, que deberá ser respondida en el plazo de un mes. Una vez haya transcurrido ese tiempo, se puede elevar la reclamación ante las Oficinas Municipales y Comarcales de Información al Consumidor o al Servicio Provincial de Ciudadanía y Derechos Sociales que corresponda.

 
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