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LITIGIO DE LOS BIENES RELIGIOSOS 

El Alto Tribunal decide si admite el conflicto de jurisdicción planteado por la Generalitat

Afecta a la sentencia sobre la devolución de las 111 obras a las parroquias del Obispado de Barbastro-Monzón

El Alto Tribunal de Conflictos de Jurisdicción se reúne este miércoles para estudiar la admisión o no del conflicto de jurisdicción planteado por la Generalitat de Catalunya y el Consorcio del Museo de Lérida tras la decisión de Carlos Lobón, titular del Juzgado de Primera Instancia, de no inhibirse en el procedimiento relacionado con la Sentencia que ordenó la devolución de 111 obras al Obispado de Barbastro-Monzón, representante legal de 49 parroquias propietarias de la colección depositada en el Museo de Lérida.

Joaquín Guerrero, abogado del Obispado de Barbastro-Monzón

ENTRA CORTE GUERRERO TRIBUNAL 1 (VIVA NOTICIAS)

La Generalitat considera que el juez no es competente puesto que se trata de una colección protegida por el patrimonio catalán, mientras que el magistrado rechazaba este afirmación y trasladaba este asunto al Alto Tribunal de Conflictos para que decida. El juez reiteraba su competencia para tomar decisiones que afectan a la colección de las obras “protegidas” por la Administración Pública en el patrimonio cultural de Cataluña. El Alto Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, dependiente del Supremo, resolverá sobre la jurisdicción del Juzgado de Barbastro y su magistrado Carlos Lobón.

ENTRA CORTE GUERRERO TRIBUNAL 2 (VIVA NOTICIAS)

El conflicto se remitió, en febrero de 2020, al Presidente del Tribunal de Conflictos para que resuelva y según el abogado del Obispado de Barbastro-Monzón, Joaquín Guerrero, la respuesta se conocerá en los próximos días. Guerrero explica que “en muchos casos, el Tribunal admite el conflicto aunque eso no significa que la decisión posterior sea favorable. Está claro que es un procedimiento dilatorio sin más finalidad que retrasar la posible ejecución provisional de la Sentencia”.

Joaquín Guerrero se muestra optimista, “es lógico que el juez no se inhiba porque tampoco lo hizo cuando se lo planteó el Consorcio con antelación al juicio oral celebrado en Barbastro. El magistrado ya lo rechazó con mucha firmeza y lo normal es que no se modifique su decisión”.

Guerrero se remite a la situación similar originada en el litigio de Villanueva de Sijena, “admitieron el conflicto pero declinaron que la jurisdicción no fuera otra que Huesca”. Los abogados del Obispado de Barbastro-Monzón y del Gobierno de Aragón ya presentaron sus alegaciones y mientras no resuelva el Alto Tribunal, se paraliza la posible ejecución provisional de la sentencia que ordena la devolución de 111 obras al Obispado.

El Obispado de Barbastro-Monzón y el Gobierno de Aragón, que es coadyuvante, recuerdan el precedente del proceso de nulidad de ventas del tesoro artístico de Sijena y la Sentencia 1/2015 del Alto Tribunal de Conflictos que sentó doctrina sobre la competencia para ejecutar del Juzgado número 1 de Huesca. A partir del precedente, el Alto Tribunal y el Tribunal Constitucional declararon que el lugar donde irían las piezas no lo determinaría la Generalitat sino el propio Juzgado.

Además, se rechazaron los argumentos que defiende la parte catalana sobre la “supuesta colección indivisible” de 1810 piezas que incluye 111 obras de las parroquias aragonesas que, por Sentencia, deben devolverse al Obispado de Barbastro-Monzón. En términos administrativos se considera “cosa juzgada”.

En las alegaciones, el Consorcio pide que no se adopte ninguna medida provisional como sería el traslado de los bienes para su depósito judicial y en todo caso, fuera de Aragón. La ley contempla la adopción de medidas cautelares provisionales y el Consorcio plantea que “se podría acordar la prohibición provisional de traslado de piezas o su embargo preventivo”.

 
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