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El decreto de Espectáculos acepta la propuestas del Ayuntamiento de Huesca y salvaguarda las verbenas populares

Previamente se había presentado una alegación por parte de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón Huesca, que ha sido aceptada sin problemas

La reforma en curso de la normativa sobre espectáculos públicos en la Comunidad daba este martes un paso decisivo. La Comisión de Espectáculos Públicos de Aragón aportaba su respaldo, con mínimos retoques técnicos, al proyecto de decreto del Ejecutivo autonómico que modifica la anterior regulación del año pasado. Previamente a la reunión sólo se había presentado una alegación por parte de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Huesca por pequeñas cuestiones técnicas que se habían aceptado sin ningún problema.

La Comisión de Espectáculos Públicos de Aragón es un órgano consultivo de estudio, coordinación y asesoramiento en las materias que recoge la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Aragón.

La Comisión, que presidía este martes la directora general de Justicia e Interior, María Ángeles Júlvez, está integrada por dos representantes de los municipios, dos representantes de la Administración General del Estado, dos representantes de los empresarios, dos representantes de los usuarios, dos representantes de las asociaciones de vecinos y directores generales u otros responsables de las áreas del Gobierno de Aragón que intervienen en la materia: Administración Local y Política Territorial, Consumo, Turismo, Familia, Calidad Ambiental, Urbanismo, Política Educativa, y Autorizaciones Administrativas y Sanciones.

La Comisión tiene como función informar con carácter preceptivo las disposiciones de carácter general específicas que tengan que dictarse en el desarrollo de la Ley de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. Además, este órgano formulará propuestas e informes sobre la interpretación, aplicación y modificación de las disposiciones que regulan estas materias. Otra de las funciones de la Comisión es elaborar recomendaciones para la mejora de la actuación de la Administración tanto de la Comunidad Autónoma como de las Administraciones Locales y comarcales en la materia objeto de la Ley. Por último, la Comisión emitirá informes sobre horarios de espectáculos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

Previamente a la reunión sólo se había presentado una alegación por parte de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Huesca por pequeñas cuestiones técnicas que se habían aceptado sin ningún problema. Igualmente, se presentaba por la Delegación del Gobierno de España en Aragón algunas cuestiones atinentes a las comunicaciones de actos a la Subdelegación del Gobierno, según aforos, vigilantes de seguridad, etc., por la Dirección General de Justicia e Interior se estudiarán estas aportaciones, con lo que el proyecto se ha aprobado por unanimidad.

Ahora el decreto se someterá a los informes, igualmente preceptivos, de la Secretaría General Técnica del Gobierno de Aragón y de la Dirección General de Servicios Jurídicos, y finalmente se someterá al dictamen del Consejo Consultivo de Aragón, supremo órgano consultivo del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma. Si todo está conforme, se publicará en el Boletín Oficial de Aragón, momento a partir del cual entrará en vigor.

El nuevo decreto permitirá salvaguardar las fiestas populares al establecer que no están sujetas a autorización previa a efectos del mismo las verbenas y otras actividades que se desarrollen al aire libre o en carpas sin cerramientos laterales. Se aclaran así las dudas interpretativas planteadas en su día por ayuntamientos u organizadores de eventos.

Precisamente a instancias de pequeñas poblaciones y promotores privados se prevé que los ayuntamientos puedan aumentar o disminuir la plantilla mínima de personal requerido en el servicio de admisión en espectáculos de organización municipal previo informe favorable de los servicios técnicos.

El nuevo documento también precisa los lugares dónde se pueden organizar y celebrar espectáculos y actividades, distinguiendo entre los establecimientos públicos y los espacios abiertos. Asimismo, ajusta los aforos permitidos y diferencia las medidas de seguridad obligatorias en función de si se expenden o no bebidas alcohólicas.

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