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Empresarios y sindicatos alcanzan un principio de acuerdo para la subida salarial

El acuerdo deberá ser ratificado por los órganos de gobierno de las cuatro organizaciones

Los agentes sociales, CEOE, CEPYME, UGT y CCOO han alcanzado un preacuerdo en el marco de las negociaciones del IV Acuerdo Estatal de Negociación Colectiva (AENC) para los años 2018, 2019 y 2020 que deberá ser ratificado en los próximos días por los órganos de gobierno de las cuatro organizaciones. Se contempla una subida salarial anual del 2%, a lo que se podría añadir un 1% más dependiendo de la evolución de cuestiones como la productividad. Este aumento sería el más alto firmado en la crisis del acuerdo estatal de negociación colectiva.

Los objetivos de este acuerdo son la creación de empleo, la mejora de la empleabilidad de los trabajadores y de la competitividad de las empresas y la lucha contra la economía sumergida. En todo caso, deberá ser ratificado por los órganos de gobierno de las cuatro organizaciones. Con una vigencia de tres años, hasta el año 2020, establece unos incrementos salariales para cada uno de los años de vigencia del entorno del 2% más una parte variable del 1%, ligada a los conceptos que en cada convenio se determinen, como la evolución de la productividad, resultados, o absentismo injustificado.

Durante la vigencia del acuerdo, y de manera progresiva, las partes instan a establecer un salario mínimo de convenio de 14.000 euros anuales. Este crecimiento gradual deberá enmarcarse en los propios convenios colectivos existentes, vinculándose a su renovación. Además, los convenios colectivos podrán establecer mecanismos de revisión salarial, teniendo en cuenta los indicadores que en cada caso estimen aplicables los negociadores.

Quienes se beneficiarán de este acuerdo alcanzado entre patronal y sindicatos, que busca la recuperación salarial, serán los trabajadores con sueldos más bajos, que se vieron afectados de forma más intensa por la crisis.

En el anexo de este pacto se recoge la posibilidad de modificar el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores, que hace referencia a la subcontratación de obras y servicios. También se proponen medidas destinadas al mantenimiento del empleo, favoreciendo alternativas al despido en la empresa, mediante la adaptación de jornada. Otras cuestiones en las que se incidirá será en la formación y cualificación profesional, absentismo laboral, jubilación, regulación del Consejo Nacional de Negociación Colectiva, lucha contra la economía sumergida o contrato de relevo. Y en lo que hace referencia a la igualdad, las partes firmantes instan a desarrollar medidas integrales para favorecer la igualdad laboral y salarial entre hombres y mujeres.

 
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