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Los contrarios a la variante de Jaca continúan con su recurso tras ser desestimadas las alegaciones

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima las alegaciones de la Abogacía del Estado contra el recurso que pide retirar el proyecto

La asociación ciudadana Jaca Sin Perder el Norte presentó recurso contencioso administrativo contra el Ministerio de Fomento por el proyecto de enlace de las autovías A21-A23 en la localidad de Jaca. Entienden que incumple tanto la legislación medioambiental, como la de patrimonio y causa diversos perjuicios sociales y económicos a la población residente. Ese recurso continuará su curso tras conocer que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no ha aceptado las alegaciones que presentó la Abogacía del Estado.

El Ministerio de Fomento, a través de la Abogacía del Estado, intentó la inadmisibilidad del

recurso por motivos de falta de legitimación, extemporaneidad y falta de recurso administrativo

previo. Sin embargo, estos argumentos de la AE han sido rechazados por el TSJ al entender

que: “ las asociaciones como la recurrente deben considerarse como investidas de un especial

interés legítimo colectivo, que nos deben conducir a entender que las mismas, con la

impugnación de decisiones medioambientales como las de autos, no están ejerciendo

exclusivamente una defensa de la legalidad vigente, sino que están actuando en defensa de

unos intereses colectivos que quedan afectados”.

El Auto del TSJ continua citando el artículo 45 de la Constitución Española que otorga a los

ciudadanos: “tanto el derecho a exigir a los poderes públicos la adopción de medidas

necesarias para garantizar la adecuada protección del medio ambiente, como la obligación de

preservar y respetar el mismo”.

Además, continúa el auto: “al margen de tal soporte constitucional, ha sido, sin ningún género

de dudas, en el ámbito internacional y comunitario europeo donde los diversos textos legales y

convencionales aprobados, han puesto de manifiesto la necesidad de la transparencia en el

ámbito del medio ambiente y la necesidad de ampliar la participación ciudadana en el mismo a

través de diversas técnicas”.

Para esta asociación el hecho de que este Tribunal no admita las alegaciones contra su recurso les legitima y, además, “inviste a esta asociación de la capacidad de preservar y respetar el

medioambiente, conforme a la legislación española y comunitaria, por los mecanismos que

considere necesarios.”

La asociación JSPN continuará su campaña de sensibilización medioambiental, patrimonial y

social en los próximos meses, a través de distintas actividades tendentes a garantizar el

artículo 45 de la Constitución española y el cumplimiento de la legislación europea.

 
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