Los contrarios a la variante de Jaca continúan con su recurso tras ser desestimadas las alegaciones
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima las alegaciones de la Abogacía del Estado contra el recurso que pide retirar el proyecto
La asociación ciudadana Jaca Sin Perder el Norte presentó recurso contencioso administrativo contra el Ministerio de Fomento por el proyecto de enlace de las autovías A21-A23 en la localidad de Jaca. Entienden que incumple tanto la legislación medioambiental, como la de patrimonio y causa diversos perjuicios sociales y económicos a la población residente. Ese recurso continuará su curso tras conocer que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no ha aceptado las alegaciones que presentó la Abogacía del Estado.
El Ministerio de Fomento, a través de la Abogacía del Estado, intentó la inadmisibilidad del
recurso por motivos de falta de legitimación, extemporaneidad y falta de recurso administrativo
previo. Sin embargo, estos argumentos de la AE han sido rechazados por el TSJ al entender
que: “ las asociaciones como la recurrente deben considerarse como investidas de un especial
interés legítimo colectivo, que nos deben conducir a entender que las mismas, con la
impugnación de decisiones medioambientales como las de autos, no están ejerciendo
exclusivamente una defensa de la legalidad vigente, sino que están actuando en defensa de
unos intereses colectivos que quedan afectados”.
El Auto del TSJ continua citando el artículo 45 de la Constitución Española que otorga a los
ciudadanos: “tanto el derecho a exigir a los poderes públicos la adopción de medidas
necesarias para garantizar la adecuada protección del medio ambiente, como la obligación de
preservar y respetar el mismo”.
Además, continúa el auto: “al margen de tal soporte constitucional, ha sido, sin ningún género
de dudas, en el ámbito internacional y comunitario europeo donde los diversos textos legales y
convencionales aprobados, han puesto de manifiesto la necesidad de la transparencia en el
ámbito del medio ambiente y la necesidad de ampliar la participación ciudadana en el mismo a
través de diversas técnicas”.
Para esta asociación el hecho de que este Tribunal no admita las alegaciones contra su recurso les legitima y, además, “inviste a esta asociación de la capacidad de preservar y respetar el
medioambiente, conforme a la legislación española y comunitaria, por los mecanismos que
considere necesarios.”
La asociación JSPN continuará su campaña de sensibilización medioambiental, patrimonial y
social en los próximos meses, a través de distintas actividades tendentes a garantizar el
artículo 45 de la Constitución española y el cumplimiento de la legislación europea.