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Moción de Cambiar Monzón en la que insta que se revoque el permiso especial a la planta de Biomasa

En los antecedentes de la propuesta de resolución, la formación aporta los artículos que concluyen que las licencias han caducado

Cambiar Monzón ha presentado una moción para su debate y aprobación, si procede, en el próximo pleno del Ayuntamiento en la que insta al alcalde a la revocación del Decreto de Alcaldía nº715-A/2015 donde se concede a Solmasol I. S.L la autorización especial de usos en suelo no urbanizable genérico para planta de generación de energía eléctrica mediante biomasa en el Polígono 8, Parcela 22 de Monzón.

En los antecedentes, Cambiar Monzón recuerda que el citado Decreto de Alcaldía se dictó a fecha 15 de mayo de 2015, concluyendo, con la ley en la mano, que las licencias urbanísticas han caducado y por tanto, el proyecto debe quedar descartado.

Antecedentes
La formación argumenta lo que dispone el artículo 152 del D 347/2002 de 19 noviembre del Gobierno Aragón (Reglamento. de bienes, actividades, servicios y obras de las entidades locales), donde se dice que la autorización o licencia deberá establecer el plazo de comienzo de las obras o actividad, y el plazo máximo de paralización y terminación de las obras e instalaciones que, en todo caso, deberá respetar la normativa sectorial aplicable.

En defecto de regulación específica, regirá el plazo de seis meses para el comienzo de la actuación autorizada. Transcurrido dicho plazo se entenderá caducada la licencia. No obstante, podrá prorrogarse cuando existan causas justificadas. En todo caso, deberá tramitarse el oportuno procedimiento, con audiencia del interesado.

La caducidad de las licencias urbanísticas se regirá por lo establecido en la legislación urbanística de Aragón.

Que el PGOU de Monzón dispone en el art. 33.2.b) que las licencias urbanísticas caducarán por el transcurso de un año desde la fecha de concesión.

Que para poder explotar la actividad para la que se solicitó autorización especial de uso, la promotora precisa disponer de los correspondientes MW adquiridos en subasta pública. Que en la subasta realizada para la asignación de un régimen retributivo específico, en fecha 14 de enero de 2.016, la promotora resultó adjudicataria de un total de 108,50 MW de biomasa, no asociados a ninguna instalación concreta. Que de ellos, 49,5 MW, han sido utilizados en una planta en la provincia de León y 58 MW fueron vendidos a otro operador del sector eléctrico, ENCE, para utilizarlos en su planta de Elcogás en Puertollano. De donde se deriva que la promotora no dispone de los MW pertinentes para poder explotar la actividad, porque los que tenía que emplear en Monzón ya los vendió.

Que la Jurisprudencia proscribe la utilización de las licencias urbanísticas por sus solicitantes como instrumento de especulación del suelo, por lo que procede que por parte del órgano otorgante se inicie procedimiento de caducidad de la autorización especial indicada.

Que la resolución de abril de 2020 emitida por el INAGA, que otorgaba prórroga de la declaración de impacto ambiental al proyecto de incineradora de Biomasa de Monzón, condicionaba la validez de esta prórroga al inicio de la ejecución de éste a fecha de 31 de agosto de 2021, circunstancia que no se ha producido, por lo que ésta pierde su vigencia y se considera caducada.

Que en mayo de 2021 la Dirección General de Energía y Minas dicta resolución por la que se revoca la autorización administrativa previa para la Planta de Biomasa de Monzón, dado el incumplimiento del condicionado impuesto en la misma.

 
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