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Aprobado el cierre presupuestario de 2018

La Orden de Hacienda también contempla todo lo relativo a la apertura del ejercicio 2019<br>

El Boletín Oficial de Aragón publica este miércoles la Orden del Departamento de Hacienda y Administración Pública sobre el cierre del ejercicio presupuestario 208 y la apertura del ejercicio 2019. Tal y como establece el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, el presupuesto de cada ejercicio se liquidará, en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones, el 31 de diciembre del año natural. Dicha norma atribuye al Departamento de Hacienda la competencia para regular las operaciones de cierre contable del ejercicio con la finalidad de facilitar la gestión en todas las entidades del sector público autonómico, así como ordenar el proceso de liquidación del ejercicio para la formación de la Cuenta General.

Así las cosas, la Orden que recoge el BOA, fija los plazos para la tramitación de los documentos contables, para la contabilidad de las operaciones presupuestarias y financieras, así como para la rendición de cuentas anuales. Dichos plazos e instrucciones serán de aplicación para todos los departamentos de la Administración, así como para todos sus organismos públicos con presupuesto limitativo.

Por lo que respecta a las modificaciones presupuestarias, la Orden establece que los expedientes que deban autorizarse deberán tener entrada en la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería, debidamente documentados, hasta el día 15 de noviembre de 2018. De esta instrucción se exceptúan las siguientes modificaciones:

• Las necesarias para ajustar los créditos para la imputación de nóminas o gastos de personal.

• Los expedientes de baja por anulación y las modificaciones que se financien con bajas en otros créditos.

• Las necesarias para ajustar los créditos de los Organismos Autónomos y Entidades de Derecho Público a los efectivamente consignados en los créditos de transferencias de los presupuestos de los Departamentos a los que están adscritos.

• Las necesarias para imputar el presupuesto y reponer los anticipos de caja fija.

• Los expedientes que sean consecuencia de operaciones externas a la Administración de la Comunidad Autónoma por asignación de ingresos por agentes financiadores externos.

• Las que afecten a los capítulos III y IX.

• Las que, de oficio, propongan la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería o la Intervención General para la correcta prestación de las cuentas anuales.

La Orden de cierre del Presupuesto de 2018 contempla también los plazos para la tramitación de los documentos contables del Presupuesto de Gastos, la de los expedientes de gastos financiados total o parcialmente con fondos finalistas y las de los expedientes de tramitación anticipada y los documentos contables asociados a expedientes que hayan sido objeto de convalidación o de resolución de una discrepancia.

En cuanto a la contabilidad de las operaciones presupuestarias de gastos, el último día para contabilizar documentos en el Presupuesto de 2018 será el 31 de enero de 2019, excepto para los expedientes de modificación presupuestaria incluidos en el artículo 2 de la Orden y los documentos contables necesarios para imputar al presupuesto los gastos contabilizados en la cuenta financiera 409, que pondrán contabilizarse hasta el 31 de marzo de 2019.

El documento publicado hoy en el BOA incluye también información relativa a la imputación de gastos de personal, anticipos de caja fija, pago de mandamientos, transferencia de saldos a la Tesorería y operaciones de ingresos.

Por lo que respecta a la autorización de excepciones alterando el programa de cierre contable en la tramitación de expedientes, el consejero de Hacienda y Administración Pública podrá autorizar dicha tramitación solo por causas excepcionales y previa petición del Departamento correspondiente, motivando dicha excepcionalidad. En el caso de que se produzcan, dichas órdenes se trasladarán a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón, a efectos informativos.

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También contempla la Orden de Hacienda todo lo relativo a la apertura del ejercicio 2019. En este sentido, a partir del primer día hábil del próximo año, la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería procederá a la apertura del Presupuesto mediante la carga informática de todas las estructuras presupuestarias, del importe de los créditos iniciales e ingresos estimados y de la plantilla presupuestaria aprobada en el ejercicio. En el caso de que el día 1 de enero no exista un presupuesto aprobado se procederá prorrogar el Presupuesto del ejercicio 2018, de acuerdo con las instrucciones que –a tal efecto– se dicten desde el Departamento de Hacienda y Administración Pública. En el supuesto de que en el nuevo Presupuesto no existiera aplicación equivalente o crédito suficiente para una operación, la Intervención General podrá retener un crédito por su cuantía en cualquier otra aplicación presupuestaria adecuada a la naturaleza y finalidad del gasto hasta que el centro gestor afectado comunique por escrito la aplicación en la que debe registrarse la operación plurianual correspondiente. Con dicha comunicación escrita, que deberá realizarse en todo caso antes del 27 de febrero de 2019, se procederá a la regularización del registro de la operación de que se trate.

 
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