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ALTO GÁLLEGO

Suscrito el convenio urbanístico de Sallent para 166 viviendas

Se incluye entre otras acciones el soterramiento de los 3 vanos de la línea de Alta Tensión 132 kV que sobrevuela y un gran aparcamiento público

En el Boletín Oficial de Aragón ha salido publicado el convenio urbanístico del Ayuntamiento de Sallent de Gállego con Enel Green Power-España, para ordenar la urbanización del entorno de la central hidroeléctrica, de más de dos hectáreas con el fin de construir 166 viviendas y un gran aparcamiento público. En esta semana el día 20 es cuando se llevó a cabo la firma del mismo para llevar a cabo la modificación puntual del PGOU de la localidad tensina.

El ámbito se ubica al suroeste del casco antiguo de la localidad tensina, entre la carretera de acceso al mismo desde la A-136 al oeste y el río Aguas Limpias al este. En la actualidad, en estos terrenos se ubica el edificio de la Central Hidroeléctrica, propiedad de ACCIONA, una subestación eléctrica, así como otras instalaciones vinculadas en su día al uso de la Central, como oficinas, almacenes y viviendas para los empleados.

Durante años, se han llevado a cabo análisis e informes relacionados con la ordenación de los terrenos del ámbito del Poblado de Sallent, que proponen mecanismos y programas de actuación para solucionar la degradación del entorno, el fomento de la revitalización social y la rehabilitación física y funcional del mismo, así como reducir el y fomento de la actividad económica.

Con este documento se posibilita la integración de los terrenos en el entorno, plantear una reordenación del ámbito y el incremento de los suelos destinados a uso público, mejorando la relación entre el equipamiento (Central) y el casco urbano de Sallent, con nuevos espacios libres, de mayor presencia, visibilidad y permitiendo que sus actividades se extiendan hacia esos espacios.

Se incluye entre otras acciones el soterramiento de los 3 vanos de la línea de Alta Tensión 132 kV que sobrevuela el ámbito objeto del presente convenio. Las obras de esta actuación se iniciarán en el plazo no superior a dos años desde la formalización del presente convenio. En caso de transmisión de la propiedad a terceras personas, caso que tenga lugar antes del transcurso del plazo de dos años, la sociedad actualmente propietaria se obliga a iniciar las obras a partir del mes siguiente al otorgamiento del título de transmisión.

 
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