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ECONOMÍA 

Talleres en Barbastro sobre los contratos con la administración pública

El Ayuntamiento de Barbastro organiza dos talleres gratuitos, uno para personas físicas y otro para personas jurídicas

El Área de Desarrollo del Ayuntamiento de Barbastro pone en marcha un programa formativo dirigido a empresas y entidades, en el que se abordarán las diferentes pautas a seguir para formalizar los contratos con la administración. El objetivo es facilitar a las empresas el procedimiento de contratación con las administraciones públicas tras la reciente entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público. 

Se impartirán dos talleres prácticos de carácter gratuito, uno para personas físicas y otro para personas jurídicas, en los que se explicará el uso de la Administración Electrónica, los certificados digitales, las sedes electrónicas, el registro de contratos del sector público o la plataforma del Ayuntamiento.

El taller dirigido a personas físicas tendrá lugar en el centro de congresos el 24 de octubre de 13:00 a 15:00 horas y el de las personas jurídicas, en el mismo espacio, el día 31 de 8:00 a 10:00 de la mañana. Los horarios se han fijado tratando de adaptarse a las jornadas laborales de los posibles asistentes. Además de a las empresas, estos talleres están dirigidos a las asociaciones, clubs y otras entidades que realicen cualquier tipo de contrato o facturación con una administración pública.

Se puede obtener más información y formalizar la inscripción en el Área de Desarrollo del Ayuntamiento de Barbastro, en la página web municipal (www.barbastro.org) o a través del correo electrónico desarrollo@barbastro.org.

El Reglamento Regulador de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Barbastro, en su disposición adicional sexta, establece la exigencia de remisión electrónica de las facturas a todas las personas jurídicas, independientemente de la cuantía de dicha facturación, a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado (FACe). Además, es obligatorio para todas las facturas cuyo importe sea igual o superior a 5.000 euros, independientemente de que la presente.

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