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Último día para solicitar las ayudas al fomento de las actividades empresariales y la contratación en Barbastro

El Ayuntamiento de Barbastro convocaba estas dos nuevas líneas de ayuda por importe total de 189.000 euros

El Ayuntamiento de Barbastro convocaba dos nuevas líneas de ayuda, por importe total de 189.000 euros, para el Fomento de actividades empresariales y para el Fomento de la contratación estable y de calidad y del empleo autónomo. Ambas convocatorias, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, pueden solicitarse hasta este martes 26 de octubre en la página web del Ayuntamiento de Barbastro, www.barbastro.org, donde estaba disponible el modelo de instancia, así como los anexos correspondientes.

El alcalde de Barbastro, Fernando Torres, incidía en que “las ayudas directas a empresas y autónomos en estos momentos garantizan, no sólo la creación de empleo, sino también el mantenimiento del mismo, y es también un estímulo para la actividad empresarial de nuestra ciudad”.

La concejal de Desarrollo, Belinda Pallás, recordaba que “con este tipo de políticas activas de empleo se promueve la creación de puestos de trabajo, se incentiva la contratación de ciertos colectivos y se fomenta el autoempleo, al tiempo que se desarrollan nuevas iniciativas empresariales”.

Las solicitudes para ambas convocatorias, con una dotación global de 189.000 euros, se gestionarán desde el Área de Desarrollo del Ayuntamiento de Barbastro. Se han destinado un total 130.000 euros para las subvenciones destinadas al Fomento de la contratación estable y de calidad y del empleo autónomo y otros 59.000 euros al Fomento de actividades empresariales, que ha vuelto a incrementar su dotación tratando de llegar a un mayor número de beneficiarios.

Fomento de la contratación estable y de calidad y del empleo autónomo

Dotada con 130.000 euros, la subvención destinada al fomento de la contratación estable y de calidad y del empleo autónomo tiene como beneficiarios a aquellas personas físicas o jurídicas, que tengan la configuración de pequeñas y medianas empresas de todos los sectores y que realicen una actividad empresarial dentro del municipio.

Podrán recibir subvenciones empresas de todos los sectores que realicen la contratación de trabajadores en diferentes modalidades, siempre que el inicio de la actividad a subvencionar se haya producido entre el 1 de octubre de 2019 y la fecha final de presentación de solicitudes, el próximo 26 de octubre.

Según se recoge en las bases de la convocatoria. Esto es, actuaciones como contrato indefinido y a tiempo completo con desempleados que acrediten un grado de minusvalía entre el 33% y el 65%; contrato indefinido y a tiempo completo con desempleados que acrediten un grado de minusvalía superior al 65%; contrato indefinido y a tiempo completo con desempleados con tres años o más en situación de desempleo; contrato indefinido y a tiempo completo de desempleados con edades comprendidas entre los 18 y 35 años, con tres meses en situación de desempleo; contrato indefinido y a tiempo parcial con personas desempleadas mayores de 45 años, con 3 meses en situación de desempleo; y el resto de contratos concertados como indefinidos y a tiempo completo con personas desempleadas y conversiones de contratos temporales en indefinidos y a tiempo completo. Las cuantías previstas anteriormente se incrementarán en un 10% adicional cuando la persona contratada sea mujer.

Las cuantías de estas ayudas oscilarán entre los 1.500 y los 2.000 euros, dependiendo de la actuación a la que hagan referencia, y la cuantía máxima de las subvenciones por solicitante será de 6.000 euros.

Se establece también como requisito necesario para tener derecho a esta subvención que la contratación laboral suponga la creación de empleo neto referido al centro de trabajo de que se trate con relación a los 12 meses anteriores a la fecha de la contratación objeto de ayuda.

En cuanto a las personas que pueden concurrir a las ayudas al empleo autónomo, los beneficiarios serán las personas desempleadas que se hayan establecido en el municipio como trabajadores autónomos o por cuenta propia. El inicio de la actividad debe haberse producido entre el 1 de octubre de 2019 y la fecha final de presentación de solicitudes, esto es el 26 de octubre de 2021.

La subvención parte de una cuantía máxima de 1.500 euros, que se puede incrementar en función de la situación de cada beneficiario, valorándose si el solicitante es menor de 35 años o mayor de 45 años, si lleva más de tres años en el desempleo, si es víctima de violencia de género, si tiene reconocida alguna discapacidad o si tiene personas con discapacidad o dependientes a su cargo. Además, las cuantías previstas anteriormente se incrementarán en un 10% adicional cuando la persona solicitante sea mujer, salvo en el supuesto del apartado anterior en el que ya tenga la condición de mujer.

La convocatoria establece como requisito que los beneficiarios de las ayudas estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad del colegio profesional, además de darse de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Impuesto de Actividades Económicas; estén desempleados previamente a la fecha de inicio de la actividad; y realicen ininterrumpidamente la actividad que fundamente la concesión de la subvención, mantengan su actividad empresarial y permanezcan de alta en la Seguridad Social o equivalente durante tres años.

Fomento de actividades empresariales

Por segundo año consecutivo, el Ayuntamiento de Barbastro ha aumentado la dotación de las ayudas para el fomento de actividades empresariales, dotadas con 59.000 euros. Los beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones son personas físicas o jurídicas, que tengan la configuración de PYMES y que realicen una actividad empresarial dentro del municipio.

Los gastos subvencionables son gastos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles; de publicidad; de consumo eléctrico, telefónico y gas; de asesoría jurídica o financiera; notariales y registrales, etc.

Asimismo, podrían ser objeto de subvención municipal las actuaciones consistentes en la primera instalación de actividades empresariales (ya sea por nueva instalación o traslado), ampliación, modificación o alteración de actividades empresariales existentes y el cambio de titularidad de actividades existentes. Solo quedan excluidas de la aplicación de la presente convocatoria aquellas actividades incluidas en el epígrafe 673.1 del IAE, esto es cafés y bares de categoría especial.

El inicio de la actividad a subvencionar debe haberse producido entre el 27 de octubre de 2020 y la fecha final de presentación de solicitudes, esto es, el próximo 26 de octubre de 2021.

La cuantía de las ayudas varía en función del gasto realizado, pero no serán superiores a 4.000 euros por solicitante, a excepción de las actividades ubicadas en la calle Joaquín Costa, calle San Ramón y el Paseo del Coso, donde podrán alcanzar un máximo de 6.000 euros.

 
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