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El Gobierno de Aragón regula las guarderias

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, ha remitido al Consejo Escolar de Aragón y a los servicios jurídicos el borrador del Decreto por el que se regula el funcionamiento y la tipología de los centros educativos que atiendan a niños de 0 a 3 años. La entrada en vigor de la Ley de Calidad de la Educación (LOCE) supone una regresión en la concepción de este tramo educativo al considerar esta etapa como preescolar y superponiendo el carácter asistencial al educativo. El Gobierno de Aragón, con competencias en materia de educación no universitaria y habilitado, por ello, para organizar la atención dirigida a los niños de esta etapa educativa, pretende con esta reglamentación unificar la normativa dispersa en esta materia. El reglamento quiere resaltar no sólo su carácter social, sino, ante todo, el educativo, aspecto fundamental en la formación desde los primeros años. Así, en el borrador del decreto de reglamento se recoge una tipología de los Centros de Educación Preescolar, que en Aragón se denominarán Centros de Educación Infantil de Primer Ciclo, cuyo objetivo es que exista un reglamento unitario para toda la Educación Infantil que regule tanto las prestaciones como los requisitos de los centros. Con el desarrollo de esta normativa, que unifica la red de centros de educación infantil, el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón facilita la conciliación entre la vida laboral y familiar atendiendo a las necesidades sociales tanto en los centros urbanos como en los rurales. Así, se distingue entre Centros de Educación Infantil de Primer Ciclo completos (aquellos que cuenten con tres o más unidades) y centros incompletos (los que cuenten con una o dos unidades y se ubiquen en poblaciones con menos de 5.000 habitantes). Además, se regula la creación de Espacios Infantiles Municipales en los núcleos rurales en los que esta educación se imparta para un número menor de ocho niños. La normativa crea también la figura de la Escuela Infantil Comarcal, que permite la agrupación de cualquier centro de Educación Infantil de Primer Ciclo. También se regula la Ludoteca, que podrá tener un máximo de dos unidades Con el desarrollo de este Decreto, se consigue la regulación del funcionamiento de los Centros de Educación Infantil atendiendo específicamente a las necesidades demográficas y geográficas de cada zona así como a las demandas sociales, diferentes en cada punto de nuestra comunidad. Este decreto establece los requisitos mínimos que han de cumplir cada uno de estos centros, tanto en instalaciones, como en titulación del profesorado, los horarios, el calendario escolar, las ratios por unidad y la admisión de alumnos en los centros de titularidad pública. Se regula así mismo la autorización administrativa de los centros docentes privados, que deberán cumplir los mismos requisitos que los públicos.

 
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