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Conclusiones del II Seminario de Espacios Naturales Protegidos y Deportes de Montaña de Jaca

El seminario, que se celebró en la ciudad de Jaca hace unos días, tiene dos temas principales en los que se dividen las conclusiones, los espacios naturales protegidos y el senderismo.

?Terminología en la Normativa de Espacios Naturales Protegidos?

Los deportes de montaña han estado ligados a lo largo del siglo XX a la Administración deportiva. Sin embargo, en las últimas décadas, la práctica de deportes de montaña se ha venido reglamentando, en buena medida, mediante la normativa de conservación y protección del medio ambiente, fundamentalmente a través de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales y Planes Rectores de Uso y Gestión de los Espacios Naturales Protegidos. La comunicación entre las Federaciones de Montañismo y la Administración medioambiental se presenta hoy un elemento fundamental en la búsqueda de una regulación que concilie la conservación y la práctica de actividades deportivas en el medio natural.

La regulación de los deportes de montaña presenta, por este motivo, una cierta dispersión. La elaboración de normas reguladoras de Espacios Naturales Protegidos es competencia autonómica, si bien en los Parques Nacionales confluyen las competencias estatal y autonómica. Los términos que desde hace cien o más años se hallan ligados a los deportes de montaña se vienen utilizando por las diferentes administraciones sin que se haya planteado un análisis común sobre su significado.

De ahí que en la mesa técnica sobre ?Terminología en la Normativa de Espacios Naturales Protegidos? se haya llegado a un acuerdo entre los practicantes de deportes de montaña y los gestores de espacios naturales protegidos para delimitar el significado de los términos e impulsar una homogeneización de su uso, que resulte de utilidad en la elaboración e interpretación de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales y Planes Rectores de Uso y Gestión de los Espacios Naturales Protegidos, así como en otras reglamentaciones relacionadas con los deportes de montaña.

Es evidente que los efectos del documento sobre ?Terminología en la Normativa de Espacios Naturales Protegidos? tendrán el alcance que se derive de la actuación de los representantes de las federaciones de montañismo y de los gestores de espacios naturales protegidos. Por este motivo, los presentes en el II Seminario de Espacios Naturales Protegidos y Deportes de Montaña se comprometen a impulsar la difusión del presente documento y a utilizar estos términos tanto en las normas reguladoras de los espacios naturales protegidos como en otros documentos relacionados directa o indirectamente con los deportes de montaña.

Finalmente, es propósito de los asistentes que esta vía de comunicación quede abierta de manera permanente, continuando la línea de comunicación iniciada en el ?I Seminario de Espacios Naturales Protegidos y Deportes de Montaña?, celebrado en la isla de Tenerife del 3 al 6 de diciembre de 1999, organizado por la Federación Canaria de Montañismo, el Gobierno de Canarias y el Ministerio de Medio Ambiente, que tuvo continuación en las conversaciones que dieron lugar a la Declaración de Picos de Europa sobre ?Refugios de Montaña y Parques Nacionales?, firmada en Cangas de Onís el 12 de mayo de 2001.

?Senderismo en Espacios Naturales Protegidos?

De forma previa a la mesa sobre senderismo, en el marco de este seminario, se ha consensuado la utilización de ciertos términos relacionados con la materia y que se exponen a continuación :

Senderismo: Actividad deportiva y recreativa que consiste en recorrer a pie caminos señalizados o no, preferentemente tradicionales.

Senderos señalizados: Senderos marcados con signos convencionales, señales, pintura, hitos, marcas, etc., e indicaciones destinadas a facilitar su utilización en recorridos a pie.

Senderos homologados: Senderos señalizados que han sido homologados por las federaciones autonómicas de montañismo por cumplir unas exigencias precisas de trazado y señalización.

La red de senderos de España supera ya los 40.000 kilómetros de senderos señalizados y homologados, incluyendo espacios protegidos y zonas de montaña. Al igual que otras, la red constituye una de las infraestructuras básicas que sirven de soporte al amplio abanico de actividades deportivas en el medio natural, competencia de la FEDME según sus Estatutos.

El complejo de marcas internacionales de los recorridos GR, PR y SL se encuentran registradas por la FEDME en el Registro Oficial de Marcas y Patentes, teniendo encomendada su gestión en cada territorio las federaciones autonómicas, a través del proceso de homologación. De esta forma, la señalización será homogénea para todo el territorio estatal, coincidente con la de países de nuestro entorno y, por tanto, reconocida por los senderistas europeos y avalada por la European Ramblers Association.

La homologación tiene como objetivos la seguridad y la calidad de los senderos. Sirviéndose de los ?Técnicos de Senderos?, cada federación autonómica desarrolla el procedimiento mediante la aplicación del ?Manual de Senderos? y la regulación sectorial existente. En la actualidad sólo tres comunidades autónomas (Euskadi, La Rioja y Asturias) han aprobado un decreto específico de regulación de los senderos. Se prevé que en un futuro próximo otras Comunidades Autónomas se dotarán de instrumentos similares.

Durante los siglos XIX y XX el territorio español, al igual que el del resto de Europa, ha sufrido un proceso de urbanización que ha supuesto el traslado de la población desde el medio rural a las ciudades. La mayoría de habitantes de las ciudades carecen de habilidades para entender el medio natural y desenvolverse en él. A la vez, se observa una mayor sensibilización de la ciudadanía hacia la conservación de la naturaleza.

A lo largo del siglo XX, sobre una parte del territorio español se ha articulado un sistema de protección del medio natural, mediante diferentes figuras. El proceso abierto hace casi cien años, con la declaración de los primeros parques nacionales, ha adquirido un nuevo impulso debido en el marco de la nueva organización autonómica.

Los espacios naturales protegidos se han creado sobre áreas de elevado valor ambiental y paisajístico, que en ocasiones presentan una evolución demográfica negativa. Sin embargo, han conservado la red de caminos que se utilizaban para las actividades tradicionales, que constituyen un patrimonio histórico y cultural que no debe perderse. En la actualidad este patrimonio puede tener un papel importante en el conocimiento y disfrute de los Espacios Naturales Protegidos a través del senderismo.

Bases generales

1. A partir de los años sesenta la sociedad urbana demanda nuevas actividades de ocio y tiempo libre. La práctica del senderismo, que cuenta con una base tradicional, cobra mayor importancia entonces para satisfacer la necesidad de contacto del hombre con la naturaleza.

2. Los senderos señalizados, que se desarrollan preferentemente en el medio natural y siguiendo viales tradicionales, vienen a ayudar a ese grupo de población. Las marcas que se ubican sobre los viales se convierten en elemento de seguridad y orientación. En el caso de los espacios naturales protegidos, al existir un efecto llamada y una regulación específica, las administraciones y las diferentes federaciones de montaña deben plantearse la seguridad de manera especial.

3. En términos generales la actividad senderista es respetuosa con el medio natural. La señalización de senderos bajo los criterios de planificación y gestión de los Espacios Naturales Protegidos constituye un instrumento útil para la ordenación del uso público en los mismos.

4. Los senderos señalizados permiten regular los flujos de visitantes en territorios especialmente frágiles, dado que cuando el visitante encuentra un sendero bien trazado y balizado tiende a no salir de él.

5. La restauración de senderos permite recuperar y poner en valor un importante patrimonio cultural (vías pecuarias, calzadas, caminos históricos,? etc.). Es importante que la conservación de estos caminos se realice mediante técnicas tradicionales que permiten su perfecta integración en el medio.

Conclusiones

1. El diseño de la red básica de los senderos de uso público de los Espacios Naturales Protegidos vendrá definido por los instrumentos de planificación de los mismos. Con el fin de lograr el máximo acuerdo posible, se reforzarán los mecanismos de participación previstos. Las federaciones autonómicas de montañismo deben constituirse en interlocutores valiosos para este fin. Una vez definida dicha red se considera deseable su incorporación al sistema de homologación.

2.- Las restricciones de uso de los senderos obedecerán a una causa justificada técnica o científicamente. La desaparición de la causa conllevará la anulación de la restricción.

3.- Cuando un sendero homologado transcurra por el interior de un Espacio Natural Protegido, la señalización deberá integrar la identidad corporativa del espacio y la normativa internacional de senderismo. Además se podrá incorporar otro tipo de información de carácter interpretativo y educativo. De esta forma, la señalización contribuirá a las finalidades de conservación de la naturaleza, seguridad y conocimiento

4.- Los senderos homologados en los Espacios Naturales Protegidos quedarán integrados en las redes estatal e internacional.

5.- Las topoguías y otras publicaciones, los paneles o las mesas interpretativas son instrumentos idóneos y eficaces de educación ambiental.

6.- Se evitará la profusión de señales en los senderos y se procurará que sean acordes con el entorno y con el resto de la señalización del espacio natural protegido.

7.- La confluencia de intereses lleva a la necesidad de impulsar acuerdos y otros mecanismos de actuación conjunta entre las federaciones de montañismo territoriales y los entes gestores de los Espacios Naturales Protegidos.

8.- Los asistentes a la reunión de Jaca recomiendan formar un grupo de trabajo, que incluya representantes de los Espacios Naturales Protegidos y de las federaciones de montañismo, para profundizar en la temática abordada en el Seminario y otras relacionadas, de manera que se contribuya a compatibilizar la conservación de estos espacios con la práctica de los deportes de montaña.

 
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