Actualidad

ASAJA Aragón llama la atención de la DGA por la quema de rastrojos

Desde ASAJA Aragón se ha remitido ya escrito oficial al departamento de Agricultura de la DGA en el que se hace llegar al consejero Gonzalo Arguilé la inquietud de muchos agricultores maiceros por la problemática que plantea la imposibilidad de la quema de rastrojos y lo regulado en el Decreto 55/2003 sobre requisitos agroambientales. El citado decreto establece la prohibición de la quema de rastrojos, salvo que sea autorizada por motivos fitosanitarios o fitopatológicos.

El secretario general de ASAJA Aragón, Esteban Andrés, señala que ?son muchos los agricultores maiceros que se han dirigido a nuestra organización ya que efectivamente, la presente campaña de maíz se ha caracterizado por la grave incidencia de plagas como el taladro, por lo qué habrá casos en los que la autorización para la quema de rastrojos esté plenamente justificada?.

Ante esta circunstancia, desde ASAJA se entiende que la Consejería debe atender la excepcional circunstancia y hacer llegar a los servicios competentes la conveniencia de proceder a autorizar las quemas que se justifiquen por los motivos recogidos en el Decreto, y de esta forma aplicar el Decreto en su totalidad. La anterior Reforma de la PAC implantó la llamada "ecocondicionalidad" por la que el cobro de la integridad de las ayudas a la superficie está supeditado al cumplimiento de una serie de normas de teórico carácter medioambiental. A pesar de que esta reforma se aprobó en 1999, no es hasta esta campaña en 2003 donde se desarrolla plenamente su aplicación en España mediante el Real Decreto publicado el 28 de diciembre de 2002, sobre requisitos agroambientales en relación con las ayudas directas.

La medida más importante de todas las contenidas en esta normativa es la prohibición de quemar los rastrojos, práctica muy extendida en nuestro país, de dañinas consecuencias a largo plazo sobre la pérdida de materia orgánica en el suelo y el fomento de la erosión. El Real Decreto mencionado prohíbe expresamente la quema de los rastrojos, con posibles sanciones de hasta el 20% del importe de la PAC, salvo que la quema esté autorizada expresamente por la Consejería de Agricultura, para lo que hay que pedir el permiso correspondiente en la Oficina Comarcal Agroambiental.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00