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Tráfico anuncia en el BOP las restricciones de circulación en el año 2002.

Por razones de seguridad vial y de fluidez en la circulación, en concordancia con las fechas que se prevén desplazamientos masivos de vehículos, se establecen unas medidas especiales de regulación del tráfico en las carreteras de la provincia de Huesca. Principalmente esta situación afecta a las pruebas deportivas, al transporte de mercancías peligrosas y a las mercancías en general. Esta situación se produce en fechas tan señaladas como la Semana Santa, periodo estival, puente de la Constitución o Navidad.

El objetivo es poder regular el tráfico en la red viaria principal en determinados periodos del año. Esta medida se extiende a los fines de semana y vísperas de días festivos. La Dirección General de Tráfico o las Jefaturas Provinciales, podrán autorizar excepcionalmente su realización cuando se justifique convenientemente su carácter extraordinariamente y relevante por motivos sociales o tradicionales, siempre que se desarrollen estas actividades en vías de poca intensidad de circulación y fuera de los horarios de gran volumen de desplazamientos.

En cuanto a las mercancías peligrosas no podrán circular los domingos y días festivos, dentro del ámbito provincial, con unos horarios determinados por la administración. Además, los vehículos deberán llevar los paneles de señalización de peligro reglamentarios. Todo ello sin perjuicio de las restricciones temporales que puedan imponerse con motivo de festividades de carácter local.

Otro tema importante es la circulación en adversas condiciones meteorológicas donde los camiones están obligados a circular por el carril derecho de la vía, quedando expresamente prohibido el adelantamiento, así como rebasar a los que se encuentren detenidos por causa de dificultades en la carretera o su entorno.

 
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