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Aprobado el decreto de subvenciones y ayudas con cargo al Fondo Local de Aragón

El Consejo de Gobierno, a instancias de los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía, Hacienda y Empleo, ha aprobado el decreto de subvenciones y ayudas con cargo al Fondo Local de Aragón de 2002, cuyo objetivo es refundir y ordenar el conjunto de transferencias destinadas a las entidades locales de Aragón, que se incluyen en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón formando parte del Fondo Local para este año.

De esta forma queda derogado el decreto 210/2000 de 5 de diciembre y para el año en curso se aplicará este nuevo que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Los beneficiarios de estas ayudas son todas las entidades locales de la Comunidad Autónoma recogidas en el artículo 2 de la Ley de Administración Local de Aragón.

En este decreto se recogen tanto los criterios de asignación de las ayudas y subvenciones del Fondo Local, como las cuantías de las ayudas, que, con carácter general, no podrán superar el 75 por ciento del presupuesto del coste real de la actuación. Así mismo, y de forma excepcional, se podrá anticipar el pago de hasta un 75 por ciento de máximo del importe concedido para la actuación subvencionada.

En materia de infraestructuras y servicios territoriales, las actuaciones que serán motivo de subvención se recogen en este decreto y abarcan ocho ámbitos:

servicios e infraestructuras sociales y sanitarias.

infraestructuras y servicios culturales, turísticos y deportivos.

infraestructuras y servicios medioambientales, recursos hidráulicos y medio natural.

infraestructuras y servicios comerciales y energéticos.

infraestructuras viarias y de transporte de mercancias-viajeros y equipos auxiliares de transportes-comunicaciones.

planificación y gestión urbanística.Rehabilitación integral en cascos urbanos y restauración de monumentos de interés local.

mejora del medio rural. Infraestructuras y servicios de carácter social o económico.

servicios educativos: guarderías infantiles municipales y programas de garantía social.

Como novedad el texto recoge una disposición adicional única donde se precisa que en aquellos casos en que la financiación de las actuaciones contempladas en las líneas de subvención haya sido asumida por las Comarcas como consecuencia del proceso de transferencias de la Diputación General de Aragón no podrán obtener ayuda las entidades locales incluidas en el territorio de las mismas, excepto que se aprecie interés supracomarcal.

Así mismo, en el decreto se incluye el acuerdo por el que se establecen las líneas de subvención del Fondo Local de Aragón dirigidas a financiar la colaboración en el mantenimiento de actuaciones y servicios de competencia compartida entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las entidades locales, y que por tanto pueden acogerse a la previsto en el artículo 28.4 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón de este año.

De este modo, se pretende evitar demoras innecesarias en la financiación de actividades y servicios de las entidades locales, que de forma continuada son subvencionadas con cargo a los créditos del Fondo Local de Aragón.

La partida presupuestaria asignada para las 44 líneas de actuación que incluye el acuerdo asciende a 29.608.264,09 euros (unos 5.000 millones de pesetas).

 
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