Actualidad

El Gobierno de Aragón presenta el recurso de inconstitucionalidad contra el Plan Hidrológico Nacional

El Gobierno de Aragón ha aprobado el recurso que presentará ante el Tribunal Constitucional contra la Ley que aprobó el Plan Hidrológico Nacional el pasado 5 de julio. A juicio del Gobierno de Aragón, este texto legal presenta ?vicios de constitucionalidad relevantes? en cuanto a la regulación que se efectúa del trasvase de agua desde la Cuenca Hidrográfica del Ebro hasta las distintas cuentas del Arco Mediterráneo, por suponer un aumento del desequilibrio territorial, negar el ejercicio efectivo de la competencia de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Ordenación del Territorio y vulnerar principios medioambientales, entre otras cuestiones.

Según la argumentación jurídica del recurso, la regulación que se efectúa del trasvase de aguas del Ebro en el Plan Hidrológico Nacional, prevista en el artículo 13 y concordantes de esa ley, puede ser susceptible de ser declarada inconstitucional por ?suponer un incremento del desequilibrio territorial que es contrario a los artículos 131.1; 138.1 y 158.1 de la Constitución, que imponen un desarrollo regional y territorial equilibrado del conjunto del Estado, como manifestación efectiva del principio de solidaridad interterritorial que constituye la piedra angular de la organización territorial del Estado prevista en el título octavo de la Constitución?.

Del mismo modo, el Gobierno de Aragón considera que ese artículo 13 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional niega el ejercicio efectivo de la competencia de la Comunidad Autónoma en materia de ordenación del territorio, y vacía de contenido la competencia reconocida en el artículo 35.1.7ª del Estatuto de Autonomía de Aragón. Ello impide la formulación ulterior por el Gobierno y por las instituciones aragonesas de una política global sobre su territorio.

Por otra parte, el Gobierno de Aragón estima que la regulación de las aguas trasvasadas que se efectúa en artículo 17 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional puede también ser susceptible de ser declarada inconstitucional por vulnerar los principios de tutela medioambiental derivados del artículo 45.2 de la Constitución, al impedir una utilización racional del recurso hídrico, incidir negativamente sobre el medio ambiente y negar la posibilidad de un desarrollo sostenible en Aragón. También considera que ese artículo 17 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional puede ser inconstitucional por no efectuar una adecuada y efectiva regulación de las ?condiciones? de ejecución de los trasvases, según se exige en el artículo 45.1 de la Ley de Aguas.

Los argumentos jurídicos empleados por el Gobierno de Aragón para presentar el recurso de inconstitucionalidad aluden del mismo modo a la regulación del denominado ?canon de trasvase? y, en general, a la previsión de su régimen económico financiero que se efectúa en el artículo 22 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional, que también pueden ser objeto de esta medida por vulnerar el principio de reserva de ley en materia tributaria, reconocido en la Constitución y ser contrario al régimen económico financiero a los mandatos constitucionales que exigen tanto la eficiencia en el gasto público como una utilización racional de los recursos hídricos para obtener un desarrollo sostenible.

Otro de los aspectos jurídicos contemplados en el recurso hacen referencia a la regulación de las declaraciones de ?reserva ecológica? como competencia propia del Estado, por vulnerar la distribución competencial en materia de espacios naturales protegidos que la Comunidad de Aragón tiene atribuida como competencia propia.

También alude a la distribución de competencias en materia de ejecución de obras hidráulicas en los tramos urbanos de los cauces públicos, por resultar contraria al orden de distribución de competencias, y a la previsión contenida en la parte final de la Ley del Plan Hidrológico Nacional sobre la posibilidad de valorar la ejecución de trasvases alternativos a la ejecución del trasvase de aguas de la Cuenca del Ebro, por considerar que se quiebra el principio de seguridad jurídica que impone la Constitución.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00