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El Gobierno de Aragón autoriza la apertura de 15 nuevas farmacias

De ellas, 7 se crearán en la provincia de Huesca, 3 en la de Teruel y 5 en la de Zaragoza

De acuerdo con la vigente Ley de Ordenación Farmacéutica de Aragón y con la finalidad de mejorar la atención que se presta, el Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha autorizado la apertura de 15 nuevas oficinas de farmacia: 7 en la provincia de Huesca, 3 en la de Teruel y 5 en la de Zaragoza.

Los municipios en los que se instalarán las nuevas farmacias son Barbastro (2), Binéfar (2), Fraga (2), Sariñena (1), Andorra (2), Calamocha (1), Ejea de los Caballeros (1), Épila (1),Fuentes de Ebro (1), Tarazona (1) y Utebo (1). La autorización de estas oficinas de farmacia responde a las especiales características geográficas y demográficas de estas localidades (dispersión, envejecimiento o altas tasas de inmigración). Estas farmacias se incluirán, junto a otras, en la misma convocatoria de concurso público que se anunciará próximamente.

El director general de Ordenación, Planificación y Evaluación, Luis Gómez López, ha recordado que la comunidad autónoma aragonesa presenta una serie de peculiaridades demográficas y territoriales que la diferencian de otras comunidades, que condicionan cualquier política sanitaria. Luis Gómez ha explicado que los dos objetivos en materia farmacéutica son "potenciar la calidad del servicio y aproximarlo a todos los ciudadanos, con independencia de que habiten en grandes ciudades o en localidades pequeñas; casos, no obstante, que exigen un tratamiento diferenciado".

Para el director general de Ordenación, Planificación y Evaluación también es importante la posibilidad de empleo que generará esta ampliación del número de estos establecimientos, para cuya adjudicación se siguen los principios de concurrencia competitiva, publicidad, transparencia, mérito y capacidad a través de un procedimiento específico que recoge las garantías que aseguran el adecuado desarrollo, en tiempo y forma, de las actuaciones.

La Ley de Ordenación Farmacéutica sustituyó el municipio por la zona de salud como eje de ordenación "para adaptar la red farmacéutica al mapa de atención sanitaria de la comunidad, racionalizando los recursos sin olvidar a las localidades más pequeñas". A estos efectos las zonas de salud se clasifican en "urbanas" (las que concentran en uno de sus municipios al menos el 80% de su población) y "no urbanas" (las que no cumplen esa condición).

Todas las zonas de salud tiene como mínimo una oficina de farmacia. En las zonas de salud "urbanas" (como en el caso de Ejea y Utebo) el número de oficinas es como máximo una por cada 2.600 habitantes, y una vez cubierta esta proporción, se puede autorizar una nueva apertura siempre que se supere esa proporción en 1.500 habitantes más. Excepcionalmente, aunque no aumente la población en 1.500 habitantes, pueden autorizarse nuevas oficinas sólo en aquellos municipios integrados en una zona de salud única que permitan mantener en los mismos la proporción de una farmacia cada 2.600 habitantes o fracción de 1.500 y, además, concurran especiales circunstancias geográficas y demográficas.

En las zonas de salud "no urbanas" (como en Andorra, Calamocha, Barbastro, Binéfar, Fraga, Sariñena, Épila, Fuentes de Ebro y Tarazona) hay una oficina por cada 2.000 habitantes, pero cubierta esta proporción se puede autorizar una nueva apertura si se supera esa fracción en 1.800 habitantes. Excepcionalmente se autorizan nuevas oficinas sólo en los municipios en que haya una población suficiente que permita mantener en ellos la proporción de una oficina de farmacia cada 2.000 habitantes o fracción de 1.800, y existan condiciones geográficas o demográficas que lo aconsejen.

 
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