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El 10 de diciembre se celebra el Día Internacional de Los Derechos Humanos

Además este año 2004, dentro de la celebración, se propone desde la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la UNESCO, un homenaje a la educación para los Derechos Humanos.

Según un informe de la UNESCO, el 10 de diciembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas dedicará una sesión plenaria especial a la educación para los derechos humanos, según manifestaron la Alta Comisionada, Louise Arbour, y el Director General de la UNESCO, Koichiro Matsuura. En esa sesión especial, no sólo se clausurará el Decenio de las Naciones Unidas para la Educación en la esfera de los Derechos Humanos (1995-2004), sino que además se discutirá la posible adopción de algunas iniciativas para el futuro, con vistas a fortalecer la educación para los derechos humanos en todo el mundo. Se espera que la Asamblea General adopte un Programa Mundial de Enseñanza de los Derechos Humanos, cuya primera fase abarcará el periodo 2005-2007 y se centrará en la educación para este tema en las escuelas primarias y los centros docentes de secundaria.

La Alta Comisionada y el Director General pidieron a todas las partes interesadas que aprovechen la oportunidad que ofrece la celebración del Día de los Derechos Humanos para organizar actividades educativas a todos los niveles y en todos los sectores, difundir prácticas idóneas y promover nuevas iniciativas en este ámbito ?con un espíritu de cooperación y respeto mutuo entre todos los participantes?.

La Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948 dice en su preámbulo:

?Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias,

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión,

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones,

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso,

La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.?

Los cinco artículos más representativos de los treinta de que consta la Declaración Universal de Derechos Humanos dicen:

Art. 1º.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad derechos?

Art.2º.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política?

Art. 3º.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Art. 4º.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre?

Art. 5º.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La Asamblea General de la ONU pidió a todos los países miembros que publicaran el texto de la Declaración completa y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

 
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