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Consejos para las rebajas

El periodo invernal de rebajas comienza con carácter general el 7 de enero, salvo para el pequeño comercio que podrá adelantar el inicio de la temporada al 1 de enero. Con este motivo, la Dirección General de Consumo recuerda los aspectos que caracterizan a esta modalidad de ventas, consistente en la reducción de los precios de los productos de temporada con el fin de dar salida a las existencias que no se han vendido durante la misma, en especial los que llevan moda incorporada. El director general de Consumo, Ángel Luis Monge, ha recordado que las rebajas "tienen su lado positivo, porque nos permiten economizar en la compra de muchos productos, pero suponen una gran tentación que puede llevarnos a un consumo injustificado, por lo que es necesario mantener una actitud responsable y calcular bien las posibilidades de nuestra economía familiar". Para evitar posibles disgustos, los expertos recomiendan que el consumidor elabore una lista de necesidades, de modo que se puedan racionalizar las compras, asegurarse de que el comerciante da facilidades para la devolución y, por último, constatar que la calidad del artículo es exactamente la misma que antes de las rebajas. Además, no deben confundirse las rebajas con otras figuras previstas en la ley, como las liquidaciones y los saldos. Las primeras son ventas especiales derivadas de una situación excepcional (como el cierre del negocio, su cambio de orientación o cualquier otra causa que impida su continuidad). Los saldos son artículos que presentan algún defecto o tara de fabricación, o que han quedado obsoletos, y que por eso se venden más baratos. En ningún caso los productos que se venden en rebajas podrán tener las características de los saldos. Si el artículo adquirido resulta defectuoso el comerciante tiene siempre la obligación, incluso en rebajas, de admitir la devolución. Si el artículo no tiene defectos, y simplemente concurre un error de elección o cambio de parecer en el comprador, habrá que estar a lo que en el momento de la adquisición el vendedor oferte al consumidor en el marco de su política de ventas, pudiendo hacer público que no se aceptarán devoluciones o que sí se admitirán mediante la entrega de un vale o bien del dinero abonado. En nuestro país casi todos los precios son libres, por lo que siempre es recomendable la comparación de precios y calidades (el precio rebajado tiene que figurar junto a su precio anterior). Es también imprescindible cerciorarse de que los productos no presentan defectos o que están deteriorados; exigir la factura o los resguardos de caja, para poder devolver el producto o presentar una reclamación, y que el pago puede efectuarse con tarjeta de crédito. Además, la publicidad es vinculante como un contrato y, por lo tanto, el establecimiento ha de cumplir lo que promete. En caso de reclamación o de duda, los consumidores pueden dirigirse a las asociaciones de consumidores, a cualquiera de las 31 oficinas municipales de información al consumidor (OMIC), a los servicios provinciales de la Dirección General de Consumo, o llamar al teléfono gratuito de atención al consumidor (900.12.13.14 ).

 
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