Actualidad

Empieza la regularización extraordinaria de inmigrantes

El proceso extraordinario de regularización de inmigrantes previsto en el nuevo Reglamento de Extranjería dará el pistoletazo de salida este lunes. 242 inmigrantes que residen en el Altoaragón han reservado ya su cita previa en el teléfono 901 50 20 50.

Los requisitos para acogerse a este proceso extraordinario son estar empadronado desde antes del 7 de agosto de 2004, carecer de antecedentes penales y tener actualmente un contrato de trabajo por un periodo mínimo de seis meses.

En las últimas semanas, se han venido celebrando numerosas charlas y campañas informativas. Los inmigrantes aseguran que hay suficiente información, pero eso no evita los nervios.

Hay tiempo para presentar los papeles hasta el 7 de mayo, a las 19 horas. Aun así, la mayoría prefiere hacer los trámites cuanto antes, lo que ha provocado algún colapso en el teléfono de reserva de cita previa (901 50 20 50).

Esta semana, se espera que el cónsul de Ecuador en Zaragoza se reúna con el subdelegado del Gobierno en Huesca, Ramón Zapatero. El colectivo de inmigrantes ecuatorianos, el más numeroso en Huesca, se ha encontrado con falta de información sobre que ya no es necesario el ?poder especial? que exigía el Ministerio ecuatoriano de Relaciones Exteriores para que sus familiares puedan obtener el registro de antecedentes penales (récord policial), un requisito básico en el proceso de regularización.

La documentación necesaria para los trabajadores por cuenta ajena (excepto empleadas del hogar discontinuas) son:

- Modelo oficial de solicitud por duplicado. Puede obtenerse en la red de información, en las Oficinas y Unidades de Extranjería, en las Áreas y Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, en las Oficinas de la Seguridad Social y a través de las páginas web del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (www.mtas.es) y del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es).

- Identificación del empresario o empleador, o de la empresa, y en su caso, del representante legal de ésta.

- Pasaporte u otro documento identificativo del trabajador extranjero.

- Certificado de empadronamiento del trabajador extranjero.

- Certificado de antecedentes penales del trabajador expedido por las autoridades de su país de procedencia y legalizado por la Embajada o Consulado de dicho país en España. El certificado se presentará en su caso, traducido a una lengua oficial española.

- El correspondiente contrato de trabajo y en su caso, la acreditación de la titulación de trabajador extranjero.

2.870 funcionarios en 160 oficinas de toda España atenderán a los empresarios y a las empleadas de hogar discontinuas desde las cuatro de la tarde del próximo 7 de febrero y hasta las siete de la tarde del 7 de mayo.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00