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Pescadores y ecologistas presentan alegaciones conjuntas al Decreto de pesca de Aragón

Recientemente el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón sacó a información pública el Decreto que pretende reglamentar la Ley de Pesca de Aragón. Tras la valoración de la normativa propuesta, las asociaciones AEMS- Ríos con Vida, Unipesca y Ecologistas en Acción han decidido presentar un documento de alegaciones conjuntas y estudiar diferentes acciones en caso de que se apruebe el decreto en los términos actuales, según han hecho público a través de un comunicado.

Los tres colectivos habían presentado propuestas de modificación a anteriores borradores. Ninguna de las mismas ha sido aceptada, a pesar de su importancia, por indicar contrariedades entre el decreto propuesto y la Ley que pretende desarrollar o por intentar corregir importantes fisuras en el documento. Esto constituye un ejemplo más del continuo bloqueo, según los ecologistas, que los actuales responsables del Departamento de Medio Ambiente vienen realizando a las propuestas sobre Pesca y conservación de ecosistemas acuáticos que promueven los colectivos que no pertenecen a la Federación Aragonesa de Pesca.

La propuesta de decreto está basada en una definición de la pesca, no solamente equivocada, continúa la nota, sino absolutamente contraria a la realidad. Dicha propuesta considera la pesca como una actividad exclusivamente deportiva, cuando esencialmente es una actividad recreativa (sólo el 10% de los pescadores con licencia en Aragón están federados). Además dicha actividad debe estar supeditada a la conservación, respeto y cuidado del medio ambiente, y fomentando su gestión sostenible, algo que la propuesta parece no contemplar como prioritario en muchos de sus capítulos, argumentan estos grupos.

Esta cuestión tiene una gran importancia. El borrador de decreto mencionado establece que la Federación Aragonesa de Pesca es la única organización con capacidad de gestión de la pesca en los ríos aragoneses, lo que supone una grave discriminación sobre el resto del 90% de pescadores (acceso a cotos, precios..) y colectivos que trabajan por la conservación de los ecosistemas fluviales, a los que el decreto excluye de poder ser considerados como asociaciones colaboradoras. La Federación Aragonesa de Pesca es un entidad privada cuya finalidad es el fomento del deporte y de las competiciones, un fin que para nada justifica dotarle de la gestión de un bien público y delicado, como son nuestros ecosistemas acuáticos, insisten las asociaciones ecologistas.

Este sistema de gestión a través de convenios con las federaciones de pesca, es también la causante de graves problemas medioambientales para los ecosistemas acuáticos, ya que se basa prácticamente en repoblaciones masivas con especies alóctonas, produciéndose un gravísimo fenómeno de introgresión genética en nuestras poblaciones naturales.

La situación es sumamente grave y la Administración Aragonesa debería replantearse acabar con este modelo de gestión. En comunidades vecinas como Cataluña, tras varios años de aplicación continuada del mencionado modelo, se han dado cuenta del grave error cometido. La Generalitat de Cataluña está tramitando en la actualidad una nueva Ley de Pesca que intenta corregir esta situación, eliminando la gestión de la pesca por parte de entidades deportivas, asumiéndola, como no puede ser de otra forma, la propia Consejería de Medio Ambiente y Vivienda y estableciendo como prioridad la defensa y conservación de los ecosistemas acuáticos. Igualmente favorece el papel de las asociaciones como protectoras del río, estableciendo un papel de participación como coadyuvante de la administración.

Para los tres colectivos, los cambios que se deben dar en la propuesta de decreto tienen que ser muy importantes para lograr la compatibilidad de la conservación de los ríos y la pesca. Por ello, AEMS ? Ríos con Vida, Unipesca y Ecologistas en Acción van a realizar un seguimiento conjunto sobre el desarrollo final de esta normativa y realizar cuantas acciones se consideren oportunas para conseguir los fines mencionados.

 
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