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Un 4% de las reclamaciones sobre consumo están relacionadas con las vacaciones

La Dirección General de Consumo del Gobierno de Aragón ha dedicado este mes el Aula de Consumo a los derechos de los consumidores en vacaciones. La jornada ha sido inaugurada este martes en Zaragoza por el director general, Ángel Luis Monge, quien ha recordado la importancia de que los ciudadanos "estén bien informados, ya que sólo si sabemos nuestros derechos podremos actuar y prevenir posibles fraudes". Durante la sesión de hoy se han ofrecido a los asistentes las claves y pautas básicas para organizar las vacaciones y ha contado con la participación del director general de Turismo, Benito Ros, el catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Zaragoza, Ignacio Quintana, y la presidenta de la Asociación Torre Ramona, Olvido Blasco. El Aula de Consumo se traslada mañana a Teruel, donde a partir de las 11 horas, en el salón de actos del Servicio Provincial de Salud y Consumo (Ronda Liberación, 1), se ofrecerá toda la información a los consumidores y usuarios turolenses. El año pasado, las asociaciones de consumidores, oficinas municipales y la Dirección General de Consumo recibieron 4.859 consultas y reclamaciones relacionados con las vacaciones, lo que representa un 4% del total de quejas presentadas y el 6,40% de las que llegaron a la Junta Arbitral de Consumo. Los medios de transporte, el calendario de viaje, la modificación de itinerarios, variaciones en las características de los alojamientos o la publicidad engañosa son algunas de las cuestiones que recogían las reclamaciones presentadas. Por este motivo, desde la Dirección General de Consumo se realizan las siguientes indicaciones antes de organizar un viaje y de salir de vacaciones: * Recomendaciones generales -Planificar las vacaciones con la mayor antelación posible y consultar varias ofertas. En función de dónde y con quién se contrate se puede producir un ahorro muy importante. -Guardar facturas, e incluso llevar durante el viaje recibos, folletos publicitarios o cualquier prueba que le permita reclamar. -Procurar no fijar la fecha de salida o regreso en los momentos de mayor aglomeración. -Recuerde que, si no está satisfecho con cualquier producto o servicio, puede reclamar. * Viajes Combinados Si se va a contratar un paquete que incluya transporte más alojamiento, regulado por la Ley 21/1995, de 6 de agosto, este tipo de viajes tienen sus propias características: -El organizador o detallista tiene la obligación de facilitar al consumidor un folleto informativo, claro y preciso sobre la oferta del viaje, que, además, debe tener unos contenidos mínimos. -El empresario debe informar al consumidor de todas las cláusulas antes de la firma del contrato. Una vez formalizado por escrito, el consumidor tiene derecho a recibir una copia del mismo. -El contrato debe incluir el destino o destinos del viaje; fechas, horas y lugares de salida y regreso; información sobre alojamiento y manutención; precio del viaje y servicios incluidos; nombre y dirección del organizador. -La agencia deberá facilitar, además, información sobre: horarios, enlaces y transporte; datos y teléfono que permita contactar con la Agencia si se produce algún imprevisto y la posibilidad de suscribir un seguro para casos de accidente, enfermedad o muerte. -Si se produjera alguna modificación en el contrato, el consumidor debe ser inmediatamente informado de ello. -Si es el consumidor el que decide no viajar, tiene derecho a la devolución de los pagos efectuados, con indemnización de una cantidad variable. * Viajes de estudios Cada vez es más frecuente que niños y jóvenes aprovechen el verano para aprender un idioma. Si se plantea un viaje de este tipo, es importante exigir un contrato detallado en cuanto a régimen de alojamiento, centro de estudio y posibilidad de otras actividades. Es absolutamente necesario informarse, a ser posible por escrito, de todos aquellos pequeños detalles que van a servir para generar confianza tanto a los pequeños como a sus padres mientras dure la estancia. * Transportes -Avión: Si se viaja en avión y se da una situación de overbooking, recuerde que tiene derecho a elegir entre el reembolso del precio del billete correspondiente a la parte no efectuada del viaje, la conducción lo más rápidamente posible hacia el destino final o la conducción en una fecha posterior que convenga al pasajero. Con independencia de cuál sea su elección, tiene derecho a una indemnización que variará en función del número de kilómetros del vuelo. Con el Nuevo Reglamento CE 261/2004, que entró en vigor en febrero de 2005, las compensaciones se han actualizado y se han extendido a las cancelaciones de vuelo; además, la asistencia a los viajeros se prestará también en caso de retrasos. En caso de pérdida de equipaje los límites de las indemnizaciones ascienden a 28 euros aproximadamente por kilo de equipaje, en vuelos internacionales, y hasta 830 euros por unidad, en vuelos nacionales. -Barco: Los servicios regulares de líneas marítimas deben anunciar y tener siempre a disposición del usuario para su consulta los itinerarios, frecuencias, tarifas y las condiciones generales de sus servicios. Cualquier modificación deberá hacerse pública por lo menos 150 días antes de la fecha prevista para su aplicación. -Tren: Si tiene que enlazar dos trenes y pierde el segundo por retraso del primero, la empresa está obligada al pago de los gastos de hospedaje y manutención que esta situación genere al viajero. -Autocar: La venta de billetes comenzará al menos 30 minutos antes de la salida. Si el viaje se interrumpe, la empresa debe tomar las medidas necesarias para trasladar a los viajeros hasta su destino. * Alojamientos -Los hoteles, hostales, pensiones, apartamentos, campings, o cualquier otro tipo de hospedaje están sometidos a una normativa específica. Hay que informarse de los derechos antes de iniciar el viaje, así como de precios, ubicaciones y servicios del alojamiento elegido. -Al contratar un apartamento de alquiler debe tenerse en cuenta cuáles son las dimensiones del piso, cercanía a la playa y transportes públicos, equipamientos, vistas y, desde luego, precio, que debe incluir el suministro de agua y energía, la entrega en debidas condiciones de limpieza, el disfrute de jardines, piscinas y terrazas y de los servicios complementarios cuando se ofrezcan como comprendidos en el precio. En cualquier caso, siempre hay que guardar toda la publicidad en la que se anunciaba. -En concepto de reserva, se puede exigir hasta el 40% del importe y si se anula la reserva en los 5 días anteriores a la entrada en el alojamiento puede perder la cantidad entregada a cuenta.

 
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