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El Juez desestima la suspensión cautelar solicitada por Justo Ojeda SL

El Tribunal Contencioso Administrativo de Huesca ha dictado sentencia sobre el recurso contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Huesca, de 11 de mayo de 2006, sobre la adjudicación a la empresa TorosAnda de contrato administrativo especial de organización, programación y gestión de los festejos taurinos en la Plaza de Toros de Huesca correspondiente a los años 2006, 2007 y 2008. En esa sentencia desestima la suspensión cautelar de la adjudicación e indica que prevalece el interés público de la ciudad en su decisión puesto que “una adopción de una medida cautelar podría tener consecuencias inciertas y potencialmente muy graves en la inminente Feria de San Lorenzo”.

Entre los argumentos de la sentencia se indica que “este Juzgado sabe por experiencia la complejidad que presenta la resolución de este tipo de procedimientos a los que es necesario depurar la interpretación que la Administración ha realizado de las cláusulas técnicas y económicas de un contrato, sin que concurran al entender de este órgano judicial, las circunstancias excepcionales que podrían hacer que la apariencia de un buen derecho determinara el resultado de esta pieza de medidas cautelares”.

En el auto se indica que “frente al interés particular perseguido por el recurrente, presenta una mayor relevancia el interés público y, además, sea desarrollada por quien inicialmente ha superado más satisfactoriamente el proceso selectivo legalmente establecido para elegir al concesionario”.

Por lo tanto, se entiende que prima el interés general de la celebración de la Feria y que el Juez no pone ningún impedimento a que la empresa TorosAnda realice el programa establecido de la próxima feria taurina ya que la suspensión cautelar supondría una evidente dificultad para formalizar una nueva contratación en el corto periodo de tiempo que existiría hasta la celebración de la Feria de San Lorenzo del presente año, máxime cuando se ha difundido el cartel correspondiente a la ciudadanía y afición oscense.

La sentencia, firmada por el Magistrado-Juez, José Javier Oliván del Cacho, indica que “se deniega la medida cautelar solicitada por la parte actora en esta litis, por lo que el acuerdo impugnado en esta litis mantiene su ejecutividad, sin costas”.

En los razonamientos jurídicos se indica la exposición de las partes y la denuncia que realiza la empresa Justo Ojeda SL sobre los incumplimientos del pliego de condiciones y los requisitos presentados por TorosAnda que no se ajustaban a lo que se pedía por parte del Ayuntamiento de Huesca para presentar la oferta a la gestión de la Plaza de Toros y que aceptó la Mesa de Contratación. En el auto también se recoge que el Ayuntamiento de Huesca no ha podido devolver a Justo Ojeda la fianza provisional por haberse recibido una orden de embargo de créditos de dicha empresa por deudas pendientes con la Agencia Tributaria de Zaragoza.

En atención al contenido y justificación de la medida cautelar, se indica que no se descarta el eventual reconocimiento de una indemnización económica en caso de que prosperen las peticiones ante el Juzgado de la empresa demandante, léase justo Ojeda SL.

Por parte de TorosAnda y del Ayuntamiento de Huesca se ha recibido con agrado la noticia, mientras que la empresa Justo Ojeda indicaba a Radio Huesca Digital que “sabíamos que era difícil una medida cautelar pero en la denuncia seguimos insistiendo en que hubo deficiencias en el procedimiento”, señalaba Teresa Ojeda.

 
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