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Aragón aprueba un Plan de Acción para erradicar el uso ilegal de venenos en el medio natural

El Boletín Oficial de Aragón ha publicado este viernes la Orden del Departamento de Medio Ambiente por la que se aprueba el Plan de Acción para erradicar el uso ilegal de venenos en el medio natural de Aragón. Con este Plan, el Departamento de Medio Ambiente pretende impulsar y optimizar la lucha contra la colocación de cebos envenenados en el medio natural, una de las principales causas de mortalidad de fauna silvestre. Aragón se convierte así en la tercera Comunidad Autónoma en abordar la lucha contra esta práctica, tipificada como delito por el Código Penal, con medidas específicas, tras las normas que han desarrollado Castilla La Mancha y Andalucía.

El documento establece la adopción de medidas para minimizar los efectos de esta práctica ilegal, aumentando la recopilación de información sobre el uso de cebos envenenados, incidiendo en la prevención y la disuasión, así como incrementando la eficacia de las acciones dirigidas a la persecución del delito. La información con la que cuenta en la actualidad el Departamento de Medio Ambiente procede del registro de ingresos de ejemplares en el Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de La Alfranca, recogidos por los Agentes para la Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón y por el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA). En el año 2006, ingresaron por esta causa en el centro 110 animales, la gran mayoría aves con lo que la muerte por esta causa constituye una de las principales causas de mortalidad de fauna silvestre.

Con el fin de mejorar el sistema de recogida de información, se creará un registro específico sobre casos de envenenamiento de especies de fauna, mejorando la recogida de los mismos, en especial lo referente a localización y circunstancias de hallazgo. Con esta medida, se establece también un rápido flujo de información que permitirá la adopción en su caso de medidas cautelares o recuperadoras y la apertura del correspondiente expediente sancionador.

Además, se elaborará y actualizará anualmente un mapa de riesgos en base a la cartografía de casos de envenenamientos detectados, que incluya los parámetros geográficos y temporales más adecuados para un análisis sintético adecuado. De este modo se incrementará el conocimiento de las causas que provocan la utilización de cebos envenenados y se profundizará en el estudio del impacto que el uso ilegal de venenos provoca en especies de fauna amenazada.

El Plan contempla también aplicar medidas de disuasión, así como de sensibilización a la población y la formación del personal jurídico, técnico y agentes para la protección de la naturaleza del Departamento de Medio Ambiente que participan en los procedimientos. Para la vigilancia de esta práctica ilegal, se dotará de medios humanos y materiales específicos que garantice también la recogida adecuada de las muestras, conservación de las mismas y diagnóstico forense. También se establecen medidas para mejorar la coordinación entre las diferentes Administraciones y unidades que intervienen en la vigilancia sobre el terreno o tramitación de expedientes de denuncia al respecto: Agentes para la Protección de la Naturaleza, Guardia Civil, Servicios Provinciales de Medio Ambiente, Fiscalía, etc.

DELITO EN EL CÓDIGO PENAL

El uso de cebos envenenados constituye una práctica prohibida por la normativa vigente en materia de conservación de la fauna silvestre y de caza, y que está tipificada como delito por el Código Penal. A ello se suma ahora este Plan de acción del Departamento de Medio Ambiente que contempla medidas concretas dirigidas a la erradicación de la actividad.

El presente Plan emana de la Estrategia nacional contra el uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural y del Plan de Recuperación del quebrantahuesos aprobado por el Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, que se ejecuta por la Dirección General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente.

 
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