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Denegada provisionalmente, por el juez, la petición de cierre de la Manhattan solicitada por los Empresarios de los Polígonos

El juez de lo contencioso-administrativo número 1 de Huesca ha denegado, según resolución a la que ha tenido acceso Radio Huesca, la medida” provisionalísima “solicitada - dia 31 de julio- por la Federación de Empresarios de los Polígonos Industriales de Huesca en la que se solicitaba “se procediese al cierre y clausura” del establecimiento Manhattan.Todo ello, sin perjuicio de que la Corporación adopte , en aplicación de la legislación vigente, las medidas de seguridad y de Policía Administrativa que sean pertinentes para salvaguardar la seguridad pública.

Llega esta noticia en el día en el que esta prevista la Comisión de Seguridad Ciudadana para analizar el suceso del pasado fin de semana y en pleno debate sobre el ocio nocturno de la ciudad.En la Comisión se dará a conocer que los empresarios ayer martes 31 presentaron en el juzgado la petición de cierre y el juez lo ha denegado hasta no conocer los datos que aporte el ayuntamiento de Huesca

Los empresarios ya habían interpuesto recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 115/2007 de 29 de marzo, el que se acordaba , entre otras cosas, “conceder licencia a Servicio de Hostelería Hurben para la actividad de Bar con equipo de música en Ronda la Industria”. es decir el disco-Bar "Manhattan" . Por lo tanto son dos acciones las realizadas.

Se indicaba también que se dictase un “auto de medidas cautelarísimas por el que se suspenda el acto administrativo de concesión de licencia y correlativamente se proceda al cierre y clausura del establecimiento”.

El juez indica que, “dada la complejidad de los intereses en presencia, procede como mínimo dar audiencia a la administración con carácter previo a resolver sobre la petición de medida cautelar”. Asimismo se dice que , “tampoco es posible, sin oír a la Administración, realizar una valoración sobre el fondo del asunto, al faltarle los necesarios datos a este Juzgado para efectuar tal análisis “

PARTE DISPOSTIVA

1.- Se deniega la medida provisionalísima solicitada y se acuerda dar audiencia sobre petición de medida cautelar al ayuntamiento de Huesca por el plazo de diez días, todo ello, sin perjuicio de que la Corporación adopte , en aplicación de la legislación vigente, las medidas de seguridad y de Policía Administrativa que sean pertinentes para salvaguardar la seguridad pública

2.- Con la alegación de la Corporación, deberá aportarse a este juzgado copia del expediente administrativo con indicación del titular de la licencia impugnada y de su domicilio

3.- Se habilita el mes de agosto a los efectos de presentar las correspondientes alegaciones en esta pieza separada

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno

 
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