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Entra vigor la Ordenanza sobre Ascensores en Monzón

Tras la aprobación en pleno de la propuesta de la Ordenanza reguladora de las condiciones para la instalación de ascensores en edificios de carácter residencial ya existentes, entra en vigor con su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. El alcalde, Fernando Heras, explicaba en el momento de su paso por el pleno municipal, que esta normativa municipal “quiere dar respuesta” a un problema social muy concreto: el de los particulares (uno o varios) que desean instalar un ascensor en su inmueble y se encuentran con una legislación “técnica” que rechaza los proyectos porque no se acomodan a ella en todos los detalles, a pesar de que la aplicación flexible de la normativa del PGOU (siempre sin vulnerar leyes mayores) sí que permitiría la obra.

Heras: “Generalmente, las solicitudes de licencia de obras para instalar un ascensor son de personas que viven en edificios de tres, cuatro o cinco alturas, construidos hace treinta o cuarenta años. Se han hecho mayores y precisan de este servicio por múltiples razones. Las condiciones que se exigen para instalar un ascensor son muy estrictas, y lo que hace la Ordenanza es flexibilizarlas en el ámbito en el que tiene competencia la Administración Local, pero sin bajar la guardia ni lo más mínimo en los aspectos de seguridad, salubridad e higiene, y tampoco en el de posibles perjuicios a terceros”.

Los ascensores se podrán instalar, por ejemplo, en un patio de luces al que se le pueda restar un 25 por ciento de su superficie sin alterar su función y quepa el ascensor, e incluso en el exterior del inmueble (transparentes) y sobre dominio público. Los proyectos siempre contarán con un dictamen de los técnicos de Urbanismo que avale su idoneidad.

 
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