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CEACCU hace balance de la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios

La celebración este 15 de marzo del Día Mundial de los Derechos del Consumidor coincide con el primer año de vigencia de la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios. Por este motivo, CEACCU ha elaborado un balance en el que mide el impacto real y cotidiano de esta norma en la vida de los consumidores.

Según CEACCU, esta norma instauró las siguientes novedades significativas:

1) Facilidad para darse de baja: La Ley garantiza el derecho a romper las cadenas con los prestadores de servicios o suministros continuados (operadoras de telefonía, energía eléctrica, mantenimiento de ascensores, banca...) Se trata de una novedad que cuyas ventajas prácticas son relativas, en el caso de la telefonía, por la proliferación incontrolada de los contratos de permanencia que limitan la libertad del usuario.

2) El derecho a que la información sea realmente gratuita y completa. Se acabaron las ventas de billetes de avión a 10 euros que terminan multiplicando su precio por cinco o que se cobre por informar de las condiciones del servicio (telefónico, hoteles, transporte…) que te van a prestar. Sin embargo, ambas son prácticas que continúan vigentes. En el caso de las ofertas de vuelos por Internet, se encuentran en estos momentos denunciadas por la Unión Europea.

3) El final de que los gastos que corresponden verdaderamente a constructores y promotores de vivienda se impusieran al consumidor (el enganche del agua, de la luz, del alcantarillado, la plusvalía...) El problema es que sigue siendo una práctica extendida, a través de las condiciones generales de la contratación, por la ausencia de inspecciones del mercado.

4) El final del cobro al alza por las empresas, fin del redondeo. La norma es buena, sin embargo, para CEACCU, “hubo fallos por parte de la Administración en el caso de las operadoras de telecomunicaciones o empresas de aparcamientos, al no haber exigido un control de precios y no haber considerado la dimensión pública de estos servicios liberalizados o ignorar que algunos se prestaban en régimen de concesión administrativa. Por ejemplo es curioso recordar como los primeros que fallaron fueron muchos aparcamientos municipales”.

Como balance global de la Ley de Mejora CEACCU considera que “es la norma de los buenos propósitos o de los sueños. Necesaria, porque, habiendo sentado la base legal, ha quedado vacía de contenido al no haberse preocupado nadie de asegurar su cumplimiento”. Así pues: “Balance de la ley muy positivo, de las Administraciones de Consumo en defenderla, muy negativo”.

Por otro lado, CEACCU recuerda que también es el año en que se logró un Texto Refundido de Consumo, un paso muy significativo que denota la importancia que adquieren los derechos de los ciudadanos como consumidores. Entre otros muchos puntos, se atribuye finalmente a las administraciones de consumo autonómicas la posibilidad de liquidar los daños causados a los consumidores.

A juicio de CEACCU se trata de una novedad destacada que supone, en la práctica, la posibilidad de que los usuarios acudan directamente a la Administración de Consumo para reclamar cualquier indemnización por daños evitando los largos procesos judiciales. Para CEACCU, “así se demostrará en breve qué comunidades apuestan por la defensa cierta del consumidor, obligando a las empresas a reintegrarles cobros indebidos o indemnizarles por daños causados y cuáles se siguen lavando las manos y mirando hacia otro lado”.

Retos de futuro en la defensa del consumidor

En cuanto a los retos que a corto plazo se plantean para la defensa de los derechos del consumidor, CEACCU destaca las siguientes prioridades:

- Creación de una Fiscalía Especial de Consumo ante la generalización de los incumplimientos contra el consumidor.

- Ley Integral de Prevención del Sobreendeudamiento, que proteja a las familias en situación de empobrecimiento sobrevenido (paro, enfermedad…) y que establezca la corresponsabilidad en la deuda de las entidades financieras.

- Precios de alimentos: Asegurar la transparencia y la competencia en la formación de los precios (mediante, entre otras cosas, el establecimiento del doble etiquetado) y regular los márgenes comerciales.

- Etiquetado alimentario y salud: Establecer la obligatoriedad de informar en las etiquetas de la cantidad de sal, azúcar, grasas saturadas y grasas trans y especificar la naturaleza de las “grasas vegetales”.

- Telefonía: Regular los números 905 como servicios de tarificación adicional.

Engaños y fraudes: Transponer con urgencia la Directiva de Prácticas Comerciales Desleales.

- Ley de los Derechos de los Usuarios de los Servicios Públicos, que mejore la protección del usuario ante servicios como la luz, los transportes o los servicios sanitarios.

 
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