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La Ordenanza de Hostelería elimina la superficie mínima para bares y cafeterías

La Comisión de Seguridad Ciudadana ha dictaminado la nueva Ordenanza de Hostelería, la última modificación importante que se ha aprobado es la eliminación de la superficie mínima para la creación de los establecimientos del grupo 1, estos son, bares y cafeterías. También se fijan los requisitos necesarios para obtener la licencia de café cantante, como tener un escenario y demostrar que se ha ejercido esta actividad durante dos años.

Lo que se pretende conseguir con esta última modificación es que puedan abrir bares o tascas en la zona del casco viejo sin tener el impedimento del espacio. En el resto de puntos, la ordenanza ha sido dictaminada para su aprobación sin más cambios. Ahora, deberá ser aprobada en el Pleno de este viernes, 30 de mayo.

Esta nueva Ordenanza de Hostelería modifica criterios urbanísticos como, por ejemplo, la distancia entre establecimientos que ahora dependerá del tipo que sea. Se regulan las dimensiones de los locales, los accesos, se presta especial protección también al nivel de la música y los ruidos, las pistas de baile, las instalaciones eléctricas o la regulación de la venta hacia la vía pública a través de ventanas o ventanillas. En esta Ordenanza se incluye ahora la regulación de ciertos espacios como los locales de peñas recreativas o de determinados colectivos o asociaciones, siempre que dichos espacios sean de acceso público.

Uno de los cambios más importantes que recoge es la distancia entre establecimientos, con la ley actual tiene que haber 100 metros de distancia entre cualquier tipo de establecimiento hostelero, con la nueva ley la distancia se guarda solo entre establecimientos del mismo tipo. Es decir, si se quiere abrir, por ejemplo, un bar con equipo de música no se puede hacerlo a menos de 100 metros de otro igual, pero sí cerca de una cafetería o restaurante. También se reducen los tamaños, de los 200 metros cuadrados necesarios para abrir un bar con equipo de música se reducen a 100, y para los bares y cafeterías, finalmente, se elimina el requisito de superficie mínima.

Entre los requisitos que recoge esta Ordenanza para obtener la licencia de café cantante destacan el justificar que se ha ejercido la actividad de café cantante durante dos años y el tener un escenario fijo con un mínimo de 8 metros cuadrados. De los 9 establecimientos que la solicitaron, los que cumplan estos requisitos, la obtendrán.

 
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