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Nuevo paso en la Ley de Protección Animal

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el reglamento de organización y funcionamiento del Comité Consultivo para la protección y bienestar animal, así como la declaración de las asociaciones de protección y defensa de los animales, como entidades colaboradoras de la Administración.

Así lo regula la Ley de Protección Animal de la Comunidad Autónoma, que tiene como objeto establecer las normas que sirvan para garantizar la protección de los animales en su interrelación con la especie humana.

El Comité Consultivo es un órgano colegiado de consulta y asesoramiento en materia de protección de los animales, adscrito al Departamento competente en materia de agricultura y ganadería. Además de otras funciones, el Comité presentará sugerencias e iniciativas relacionadas con el bienestar animal y, en particular, respecto a los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos. Además, realizará propuestas sobre los contenidos y materias acreditativas de la formación profesional requerida en materia de bienestar animal y de animales de experimentación. El plazo para crear el Comité es de seis meses.

El decreto también aprueba la declaración de las asociaciones de protección y defensa de los animales como entidades colaboradoras de la Administración, así como los requisitos que deben cumplir para ser consideradas como entidades colaboradoras. Estas asociaciones podrán recibir subvenciones y ayudas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma y, en su caso, de las entidades locales, destinadas a actividades en relación con la protección y la defensa de animales. Se crea, asimismo, el registro para la inscripción de Asociaciones de defensa y protección de animales.

Las entidades colaboradoras podrán suscribir convenios de colaboración con las distintas Administraciones Públicas, entre otras materias para:

-Recoger animales abandonados y los entregados a sus dueños.

-Utilizar sus instalaciones para el depósito, cuidado y tratamiento de animales abandonados, sin dueños, decomisados por la Administración o que deban permanecer aislados por razones sanitarias.

-Gestionar la cesión de animales a terceros o proceder a su sacrificio de acuerdo con la Ley de Protección Animal.

-Divulgar el espíritu y contenido de la Ley en Aragón.

 
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