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La Comarca de los Monegros pide al Gobierno de Aragón que haga las gestiones necesarias para el retorno de los bienes del monasterio de Sijena

La Comarca de Los Monegros celebró pleno ordinario en la localidad de Torralba de Aragón y aprobó por unanimidad de todos los grupos políticos (PSOE, PAR, CHA y PP) una moción institucional relativa a los bienes del Monasterio de Sijena por la que “solicita al Gobierno de Aragón que realice y reafirme sus gestiones a fin de alcanzar los acuerdos o resoluciones necesarias para el retorno a Aragón de todos los bienes religiosos y artísticos procedentes del Monasterio de Sijena”.

Además, respecto al régimen de visitas, añade el texto que “esperamos que el Gobierno de Aragón reabra el Monasterio, respetando cada espacio para hacer compatible la vida religiosa de la Congregación que lo habita, con las visitas turísticas, como es habitual en otros monasterios”.

Por otro lado, “se traslada a la Presidenta del Tribunal Constitucional y al Consejo de Ministros su profundo malestar por los diez años que lleva en ese alto tribunal el citado conflicto de competencias sin que haya sido resuelto y lamenta que esa lentitud perjudique seriamente los intereses de los ciudadanos que, individual o colectivamente, esperan que se apliquen los mecanismos del Estado de Derecho en la defensa de sus intereses dentro de un plazo razonable”.

Durante el pleno, se recordó que los bienes de Sijena, objeto de la moción, no están incluidos en las 113 obras del Aragón Oriental que permanecen en Catalunya pendientes de devolución. El texto recuerda que en Sijena hay que distinguir tres grupos de bienes que salieron del Monasterio. En primer lugar, “los bienes del Monasterio de Sijena enajenados a la Generalitat de Catalunya y que han sido reclamados por el Gobierno de Aragón. En 1997, se conoció que la Generalitat de Catalunya compró a las hermanas de la Orden de Malta 44 piezas por 16 millones de pesetas en 1983 y 52 piezas por 39 millones de pesetas entre 1992 y 1994. El Gobierno de Aragón ejerce el derecho de retracto, pero los servicios jurídicos de la Generalitat de Catalunya plantearon un conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional contra el derecho de retracto del Gobierno de Aragón y el Tribunal Constitucional admitió el recurso. Se desconoce cuando fallará sobre este recurso porque el Constitucional sigue sin dictar sentencia, a pesar de haber transcurrido diez años”.

En segundo lugar, “las pinturas murales de la Sala Capitular del siglo XIII que fueron arrancadas y trasladadas por funcionarios de la Generalitat en 1936 y sustraídas sin legalidad poco después del incendio producido dicho año. Estas pinturas y parte de los bienes se exhiben en el Museo Nacional de Arte de Catalunya. La Generalitat conserva en depósito, con opción de compra, las pinturas de los arcos de la Sala Capitular, que Aragón tiene pendiente de reclamar como botín de guerra”.

En último lugar, “algunos bienes que volvieron al convento con la comunidad de monjas después de la guerra, fueron a incrementar en calidad de depósito el Museo Diocesano de Lleida al abandonar las monjas el Monasterio por consejo del obispado para marchar a Barcelona”. En este caso se encuentra, por ejemplo, el trono de doña Blanca de Aragón (siglo XIV).

Por otro lado, se aprobó por unanimidad otra moción en la que se “insta al Ministerio de Fomento a reclamar a ADIF el mantenimiento del personal y los servicios en las estaciones del medio rural aragonés y en particular en las de Tardienta y Monzón. Garantizar, en el marco del Convenio RENFE-DGA el mantenimiento de los servicios actuales en las estaciones que forman parte de las líneas o recorridos que son objeto de subvención conjunta. Todo ello, en tanto las estaciones no cuenten con las garantías de comodidad y seguridad, información en tiempo real y accesibilidad adecuadas. Tal compromiso se tendrá en cuenta en la suscripción de convenios entre RENFE y el Gobierno de Aragón”. Por último, en la moción se acuerda “exigir al Ministerio de Fomento y al de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino el cumplimiento y respeto a los principios y objetivos de la Ley 45/2007 de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, en cuanto a los equipamientos públicos necesarios de infraestructuras y transportes y específicamente a la prestación de los servicios públicos básicos de calidad, su accesibilidad, en condiciones de igualdad”.

 
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