Sociedad

En vigor la nueva Ordenanza Municipal de Control y Tenencia de Animales de Monzón

Con su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tras permanecer en exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones , ha entrado en vigor la Ordenanza Municipal de Control y Tenencia de Animales de Monzón, que refunde la Ordenanza de Control y Tenencia de Animales y la de Control y Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

Las novedades más significativas son que no están permitidas las explotaciones domésticas dentro del casco urbano. Y se regula la gestión de los cadáveres. Asimismo, se prohíben la celebración de espectáculos en el término municipal de Monzón en los que intervengan animales que aparezcan en el catálogo CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres). Prácticamente, la filosofía del CITES descarta los animales de circo más conocidos: leones, tigres, elefantes, osos, monos… Es más: el movimiento “Circo sin Animales”, vinculado a la CITES, tiene como objetivo lo que su propio nombre indica.

El objeto de la Ordenanza es la regulación, dentro del término municipal de Monzón, de la tenencia y protección de los derechos de los animales de compañía y los potencialmente peligrosos, tanto los domésticos como los utilizados con otras finalidades, exceptuando la fauna silvestre, los animales destinados a instalaciones agropecuarias, los animales de abasto, trabajo o renta y los animales destinados a festejos taurinos, que se regirán por sus normativas específicas.

La Ordenanza prohíbe, entre otras cuestiones, Causar su muerte, excepto en los casos de animales destinados al sacrificio, enfermedad incurable o necesidad ineludible. En todo caso, el sacrificio será realizado eutanásicamente por un facultativo competente. Causar daños o cometer actos de crueldad y maltratar a los animales domésticos o salvajes en régimen de convivencia o cautividad. El abandono de animales, incluyendo los centros de recogida y edificios públicos sin previa autorización del organismo gestor de los mismos. Organizar o participar en actos públicos o privados de peleas de animaleso parodias en las cuales se les mata, hiere u hostiliza, y también los actospúblicos no regulados legalmente, el objeto de los cuales sea la muerte del animal. Incitar a los animales a acometerse unos a otros o a lanzarse contra las personas o vehículos de cualquier clase. El envenenamiento de animales, excepto el realizado por los servicios sanitarios autorizados en su función de proteger la salud pública y en aquellos casos expresamente autorizados por administración pública. Vender animales a menores de 14 años y a personas incapaces de valerse por si mismas sin la autorización de los que tienen su patria potestad o tutela. La venta de animales no controlada por la Administración a laboratorios o clínicas. Situarlos a la intemperie sin la adecuada protección, frente a las circunstancias meteorológicas. Dejar sueltos animales en condiciones tales que puedan ocasionar daños a personas o vehículos. La organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales. Queda prohibida la tenencia en el municipio de Monzón de animales venenosos, cuya físicos de maltrato o tortura, síntomas de agresión física o desnutrición, enfermedades transmisibles a las personas o a otros animales o se encuentren en instalaciones indebidas.

Con respecto a los animales potencialmente peligrosos tienen que estar registrado en el Registro de Identidades de Animales de Compañía de Aragón ( RIACA) y tienen que formalizar un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a los 120.000 euros.

Las sanciones derivadas de las infracciones administrativas tendrán la naturaleza de multa y se impondrán de acuerdo con la siguiente escala: Infracciones leves: hasta un máximo de 200 euros. Infracciones graves: de 201 a 400 euros. Infracciones muy graves: de 401 a 900 euros.

 
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