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Aprobado el Proyecto de Ley de Medidas Tributarias para el año próximo

El Gobierno de Aragón remitirá en breve a las Cortes de Aragón el proyecto de Ley de Medidas Tributarias de la Comunidad Autónoma de Aragón, que ha elaborado el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Aragón y que esta mañana ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno del Ejecutivo.

En virtud de las competencias normativas que tiene la Administración autonómica en materia de tributos propios y cedidos, el Gobierno de Aragón impulsa una modificación del sistema tributario autonómico con dos objetivos:

- De índole estrictamente fiscal, que consiste en la introducción o ampliación de mayores beneficios fiscales dirigidos a la disminución de la carga tributaria que soportan los contribuyentes aragoneses con rentas y economías más modestas. Este objetivo tendrá un efecto directo favorable en la dinámica del mercado financiero e inmobiliario.

-Con un carácter técnico, efectuar determinados ajustes en las referencias y citas que se realizan a la norma tributaria general, y con un carácter formal, que implica la actualización de las cuotas relativas a los tributos sobre el juego como la adaptación de determinadas tasas a la realidad de las actividades y servicios que presta la Administración de la Comunidad Autónoma.

ITP y AJD

Entre las medidas que reportan algún tipo de beneficio para los contribuyentes destaca la previsión de reducir el 90% de la cuota tributaria en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda del sujeto pasivo. A ella se une la bonificación del 100% en el citado impuesto para las primeras copias de escrituras que documenten la modificación del método o sistema de amortización u otras condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, con el fin de incentivar el mercado inmobiliario, facilitando también la movilidad de las viviendas de alquiler e incrementando las posibilidades de financiación en las viviendas objeto de compraventa o transmisión.

En esta misma línea se inscribe la medida que contempla un tipo reducido del 0,5% para las primeras copias de escrituras otorgadas para formalizar la constitución de préstamos hipotecarios cuyo objeto sea la financiación de actuaciones protegidas de rehabilitación.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

La Comunidad Autónoma de Aragón puede ejercer competencias normativas sobre reducciones que respondan a circunstancias de carácter económico o social, tanto para las transmisiones mortis causa como para las inter vivos en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En esta línea, con el objeto de modificar el impuesto y adaptarlo a las nuevas circunstancias de índole social que rigen nuestro sistema tributario, dichas competencias han sido ya ejercidas impulsando reducciones del 100%, hasta un límite de 150.000 euros, en el caso de las adquisiciones hereditarias por hijos del causante menores de edad o personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, así como una reducción del 100% de la base imponible en la adquisición mortis causa por el cónyuge y los descendientes del causante, que ahora se amplia también para beneficiar a sus ascendientes.

 
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