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Cartas al Director: Manifiesto del colectivo de mujeres feministas ante la nueva regulación del aborto

Colectivo de Mujeres Feministas de Huesca

El Colectivo de Mujeres Feministas de Huesca, junto a las demás asociaciones que forman parte de la Coordinadora Estatal de Organizaciones Feministas iniciamos hace meses una campaña de recogida de firmas a nivel estatal Por la despenalización del aborto y una ley que garantice el derecho de las mujeres a decidir, donde se reclamaba como ejes principales de nuestras reivindicaciones:

Un cambio legislativo en el que el aborto deje de estar tipificado como delito y por tanto regulado en el código penal, pasando a regularse como el derecho que tienen las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo y a decidir sobre su maternidad.

La cobertura de la interrupción voluntaria del embarazo en centros públicos de la red sanitaria, de forma que se garantice el carácter universal de este derecho y se normalice como prestación sanitaria.

Una regulación de la objeción de conciencia que precise sus límites, acompañada de una disposición que establezca la imposibilidad de objeción por parte de Instituciones y Administraciones y que garantice que todos los centros públicos dispongan de los equipos de profesionales necesarios para atender las demandas de aborto de las mujeres.

Son demandas que las mujeres del movimiento feminista venimos reclamando desde que se aprobó la actual legislación de aborto hace 24 años. Aprovechamos para expresar nuestro reconocimiento más sincero a todas estas mujeres que han luchado por la defensa del derecho a decidir y la autonomía de las mujeres, sin las cuales no estaríamos hoy aquí.

Las organizaciones feministas que formamos la coordinadora estatal queremos manifestar nuestra preocupación por el contenido de la propuesta realizada por el Gobierno de una nueva regulación, recogida en el “Anteproyecto de ley sobre salud sexual y reproductiva y interrupción voluntaria de embarazo”, porque:

1.- Mantiene el aborto dentro del código penal. Se suprime el artículo 417 bis del Código penal, pero se sigue manteniendo como delito al no suprimir los artículos 145.1 y 145.2 sobre la sanción a terceros, es decir los profesionales que se pueda interpretar que han realizado un aborto fuera de los supuestos permitidos.

Aunque uno de los objetivos de la reforma era abordar la inseguridad jurídica, que para mujeres y profesionales presentaba la actual ley, en el anteproyecto este problema sigue estando presente ya que, fuera de las 14 semanas, mujeres y profesionales pueden terminar en los juzgados ante denuncias malintencionadas.

En este sentido pensamos que el tratamiento jurídico de la interrupción voluntaria de embarazo no admite ambigüedades: o se regula a partir de su consideración como delito o como derecho. En el texto propuesto el aborto es un derecho hasta las 14 semanas, pero fuera de ese plazo deja de serlo y la decisión deja de ser de la mujer para pasar a terceras personas.

2.- Por otro lado y pensando en los problemas de aplicación que la ley puede generar para muchas mujeres:

El plazo libre de 14 semanas, resulta claramente insuficiente con el agravante del periodo de reflexión que introduce la ley, porque pasado ese plazo y hasta la semana 22 se exige dictamen médico “de grave riesgo para la salud de la mujer o grave riesgo de anomalías para el feto”. La decisión sobre la salud y la maternidad queda en manos de otras personas, con lo que ya adelantamos que algunas mujeres embarazadas viajarán a otros países más progresistas o buscarán la realización de un aborto clandestino.

En el anteproyecto no se plantea ninguna medida que apueste por la normalización del aborto en centros públicos de la red sanitaria, única vía para garantizar también la equidad territorial en el acceso de una mujer a una IVE, por lo que se seguirá obligando a que prácticamente todas las mujeres (93%) que deciden interrumpir su embarazo tengan que acudir a la red privada.

Tampoco se regula la objeción de conciencia, elemento que actualmente supone un mecanismo de presión que obstaculiza el derecho fundamental a la asistencia sanitaria de las mujeres en la sanidad pública. Su no regulación supondrá, como ahora, que seguirá prevaleciendo la decisión de los y las profesionales que se consideren objetores a las necesidades de las mujeres.

En relación a la situación de las mujeres que se ven obligadas a realizar una IVE después de las 22 semanas, se condiciona el acceso al aborto a aquellos embarazos con “anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad grave incurable” y no incluye la salud de la mujer. Además se introduce la existencia de un comité clínico que será el que autorice la interrupción. Se dice que se debe pronunciar con carácter urgente pero no se establece ningún plazo por lo que no se garantiza, que en la práctica, pueda ocurrir un retraso perverso en una situación especialmente grave para la mujer.

Por último, valoramos positivamente que se haya incluido la interrupción voluntaria del embarazo dentro de una ley más amplia que reconozca los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y hombres. Sin embargo, reclamamos que para que estos derechos sean efectivos, es necesario que se dispongan todos los medios y recursos necesarios para ello.

Ante esta situación, el Colectivo de mujeres Feministas reclamamos al Gobierno que haga las modificaciones oportunas y elabore un nuevo anteproyecto de reforma de la legislación sobre aborto donde se recojan nuestras reivindicaciones para que verdaderamente se reconozca el derecho de las mujeres a decidir sobre su vida y su cuerpo.

 
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