Sociedad

La Confederación de Consumidores denuncian a cuatro aerolíneas

CEACCU ha denunciado a las compañías aéreas Iberia, Spanair, Ryanair y Clickair por ofrecer un número telefónico de tarificación adicional para la atención al usuario. Esta semana entraba en vigor el Código de Conducta de los 905 que, entre otras novedades, prohíbe esta práctica. CEACCU, organización a la que pertenece la Federación de Consumidores de Huesca, había solicitado que la nueva norma incorporase esta restricción.

La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) ha denunciado a las aerolíneas “Iberia”, “Spanair”, “Ryanair” y “Clickair” por incumplimiento de la “Resolución de 8 de julio de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (BOE nº 180, de 27 de julio de 2009), que modifica el Código de Conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional de 23 de julio de 2004”, y que ha entrado esta semana.

En concreto, CEACCU señala la inobservancia del nuevo apartado 5.2.3. de dicha norma que establece que “No podrán utilizarse números con tarificación adicional para la prestación de servicios de atención al cliente o de posventa vinculados a la adquisición de un bien o la prestación de un servicio”

En el escrito de denuncia CEACCU señala que “con ello, se vulneran los derechos económicos y de información de los consumidores y usuarios”, pues, a su juicio, en virtud de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) “ha de interpretarse que el sistema de atención al cliente a través de un número de tarificación adicional, que supone un desembolso extraordinario para el usuario, limita de forma inadecuada los derechos de los consumidores en cuestiones tan elementales como el ejercicio del derecho de reclamación o de resolución del contrato”, según se explica desde sus Servicios Jurídicos. Además que, “sería susceptible de ser calificado como un servicio accesorio no solicitado impuesto al usuario”, y, por tanto, rechazable.

Precisamente, fueron estos, entre otros, los argumentos esgrimidos por CEACCU para reclamar que el nuevo Código de Conducta de los 905, incorporase esta prohibición, tal como al final aparece en la nueva norma. Tras este primer “rastreo” en el sector de las líneas aéreas, CEACCU realizará seguimientos adicionales en otros sectores para detectar posibles incumplimientos.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00