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Aprobada la reforma parcial de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza

El claustro de la Universidad de Zaragoza aprobaba este miércoles, sin ningún voto en contra (165 a favor y 5 en blanco), la reforma parcial de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, una modificación que debe aprobar ahora el Gobierno de Aragón para adaptar el texto, que data de 2003, a la Ley Orgánica de Universidades.

Con esta modificación, la definición y funciones de los centros y la estructura de los estudios de la Universidad de Zaragoza se adaptan al Espacio Europeo de Estudios Superiores (EEES) se garantiza la calidad de los ya implantados.

Como novedad, se recoge expresamente el compromiso para facilitar la movilidad en el Espacio Europeo de Educación Superior y para conciliar las obligaciones académicas y laborales

Esta reforma incluye adaptaciones técnicas y otras variaciones destinadas a asegurar y facilitar la aplicación efectiva de los nuevos estatutos. Entre otras cuestiones, se modifica la composición del Claustro, que pasa a estar formado por un 60% de miembros del PDI, un 30% de Estudiantes y un 10% de PAS. Como consecuencia, la proporción de estudiantes pasa del 25 al 30%.

Asimismo, se establece la modificación de la estructura de los estudios universitarios que pasan de organizarse en ciclos a estructurarse en grados, máster y doctorado, cumpliendo así con las exigencias marcadas por el Espacio Europeo de Educación Superior.

Se abordan también cuestiones relativas a la investigación y la transferencia del conocimiento y otras modificaciones que afectan a la docencia, títulos y calidad de la actividad. En este aspecto en concreto, se introducen las comisiones de calidad de las titulaciones, que tendrán como función la planificación, organización y evaluación de las respectivas titulaciones. El Consejo de Gobierno determinará su composición, régimen de funcionamiento y competencia.

Por otro lado, los nuevos Estatutos subrayan que la investigación constituye una función esencial de la Universidad que deriva de su papel clave en la generación de conocimiento y de su capacidad de estimular y crear pensamiento crítico, clave de todo proceso científico. Por lo tanto, la Universidad asume el desarrollo de la investigación científica, técnica y artística y la transferencia del conocimiento a la sociedad, así como la formación de investigadores, atendiendo a la investigación básica como a la aplicada, al desarrollo experimental y a la innovación.

Los nuevos Estatutos incluyen también variaciones relativas a los nuevos derechos y deberes de la comunidad universitaria, en aspectos como la igualdad, la movilidad o la formación permanente. Se recoge expresamente el compromiso de la Universidad de Zaragoza para fomentar la movilidad de los estudiantes en el espacio europeo de enseñanza superior a través de programas de becas y ayudas y créditos al estudio. Además, la Universidad se compromete a facilitar fórmulas que compatibilicen las obligaciones académicas y laborales, con el fin de que se pueda compaginar mejor los estudios con la actividad laboral.

En cuanto a la práctica de la actividad física y deportiva se reconoce su interés general para todos los miembros de la comunidad universitaria. Por eso, se incluye la posibilidad de ordenar y organizar actividades y competiciones deportivas, así como a disponer de servicios para favorecer la práctica deportiva de los miembros de la comunidad universitaria.

Con respecto a otros asuntos relativos a la responsabilidad social corporativa se introducen por primera vez, asuntos relativos a la cooperación internacional y solidaridad, fomentando la participación de la comunidad universitaria en actividades y proyectos en este sentido y que contribuyan al impulso de la cultura de la paz, el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente.

Por último, no se introducen modificaciones en el sistema de elección de rector, manteniendo la regulación estatutaria por sufragio universal. Además, se sustituye la figura de la Junta Consultiva, como órgano ordinario de asesoramiento del rector y del consejo de gobierno en materia académica, por la creación de órganos consultivos a propuesta del rector, para asesorar en las materias de política universitaria que se consideren de interés

 
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