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Víctor Manuel Gómez se enfrentaría a penas ejemplares si se le imputa un delito con dolo eventual

El conductor que atropelló a diez personas a la salida de la discoteca Manhattan se enfrentaría a penas superiores a los veinte años de prisión si el tribunal considera que cometió un delito con dolo, sea directo o eventual.

El término jurídico de dolo eventual es “el conocimiento y la aceptación previa por parte de una persona de la posibilidad de que se produzca una determinada consecuencia a causa de su actuación”. Es decir, en el caso del atropello de la discoteca Manhattan, Fiscal y acusaciones intentan demostrar que el conductor conocía y era consciente de que al ir a más de 100 kilómetros por hora a las seis y media de la mañana por la Ronda Industria podía producir un accidente de grandes dimensiones.

El dolo eventual es diferente al directo, el que se aplicaría en el caso de que el conductor hubiera buscado consciente e inequívocamente cometer el atropello, pero, sin embargo, las consecuencias penales son las mismas.

Precisamente, el abogado de la defensa, Javier Notivoli, rechazaba que a su representado se le pudiera aplicar cualquier tipo de dolo, bien directo o eventual o indirecto.

Es por esto que en los interrogatorios se ha insistido sobre si el acusado conocía que a la hora del atropello se cerraba la discoteca y los clientes se concentraban a las puertas de la misma y si en su actuación, Víctor Manuel Gómez, era conocedor de que su actitud podía llevar a un desenlace fatal.

Javier Notivoli es de la opinión de que el tribunal entenderá que estamos ante hechos de un delito de imprudencia grave, pero nunca con dolo.

Añade el citado letrado que las concentraciones llevadas a cabo por parte de algunos familiares de las víctimas no influirán en la decisión final del Tribunal.

 
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