Economía y negocios

Las rentas vitalicias de Ibercaja ofrecen hasta el 4’50% de rendimiento

Ibercaja ha iniciado una campaña de captación de seguros de rentas vitalicias. Este tipo de producto financiero va dirigido a personas de más de 55 años y destaca por su seguridad, su rentabilidad (de hasta el 4,50% para clientes de menos 75 años), y por las importantes reducciones fiscales aplicables a los rendimientos generados.

Se trata de un seguro de vida en el que la prestación consiste en una renta mensual pagadera mientras viva el asegurado, cuyo cobro se inicia de forma inmediata tras la contratación. Al fallecimiento del asegurado, los beneficiarios designados recibirán el importe íntegro de la inversión inicialmente realizada, incrementada en un 2% (máximo incremento de 600 euros).

La fiscalidad aplicable a este producto hace que se produzca una sensible rebaja en la retención efectiva y posterior tributación en el IRPF. Así, si tomamos como referencia la tributación del 19% por Rendimientos de Capital Mobiliario, para el producto Rentas Vitalicias, en una franja de edad de entre 50 y 59 años, la retención y tributación definitiva es del 5,32%. Entre 60 y 65 años, del 4,56%; de 66 a 69 años, del 3,80%, y, por último, para 70 o más años de edad, la retención y tributación del rendimiento es tan sólo del 1,52%.

El contrato de renta vitalicia contempla la posibilidad de que el cliente pueda rescindir el compromiso anticipadamente, disponiendo de su inversión de forma total o parcial, aunque, lógicamente, sometido a las condiciones financieras contractualmente pactadas y a las fiscales legalmente establecidas.

Este producto va dirigido a clientes de entre 55 y 90 años, de perfil de riesgo conservador, que deseen realizar una inversión a largo plazo con una elevada rentabilidad financiero-fiscal y garantizarse un complemento vitalicio y estable a su pensión de jubilación para mejorar su calidad de vida; el producto les permite, asimismo, planificar su sucesión mediante la designación (revocable en cualquier momento) en contrato de los beneficiarios que percibirán, tras su fallecimiento, el importe integro de la inversión .

 
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