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CEOS-CEPYME HUESCA explica las novedades de la reforma laboral

La Confederación Empresarial de la Provincia de Huesca celebraba este martes una jornada informativa en la que explicaba las novedades de la nueva reforma laboral, aprobada mediante el Real Decreto Ley 3/2012 de 11 de febrero. El acto corría a cargo de Ramón Cisneros, asesor laboral de CEOS-CEPYME, para quien ésta representa un nuevo intento del legislador de dotar a los interlocutores sociales, y en especial a las empresas, de nuevos instrumentos jurídicos y normativos con los que afrontar, desde el punto de vista de las relaciones laborales, la intensa crisis en que se encuentra inmerso buena parte del tejido empresarial.

Además de incidir nuevamente en temas ya abordados previamente, tanto por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, como el Real Decreto Ley 7/2011, de 10 de junio, en relación a las causas y costes del despido y la negociación colectiva, afecta a otras materias, entre las que destacan nuevas medidas en materia de empleabilidad, contratación y flexibilidad.

El objetivo de la sesión ha sido informar de todas estas novedades y debatir sobre el verdadero efecto que puedan tener con carácter inmediato de las empresas.

De esta manera Ramón Cisneros ha ido desgranando en su interlocución las novedades en materia de contratación laboral, como el contrato de formación y aprendizaje, -del que ha destacado que cuenta con una ausencia total de cotizaciones para la empresa de menos de 250 trabajadores-, el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, -que se limita a empresas de menos de 50 trabajadores-, y el contrato a tiempo parcial.

En cuanto a las novedades en el apartado de extinción de contratos, ha resaltado que desaparece la autorización administrativa previa, punto en el que ha manifestado su desacuerdo, en tanto en cuanto puede desembocar en una judialización de los expedientes y que puede plantear muchos problemas.

Además, ha desarrollado las medidas para mejorar la empleabilidad de los trabajadores, las medidas para fomentar la flexibilidad interna y evitar la destrucción de empleo, lo referente a negociación colectiva, y a la suspensión o reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, productivas y organizativas.

 
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