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El desbloqueo del pago a proveedores contribuirá a la reactivación económica, también en Aragón

El Consejo de Política Fiscal y Financiera ha acordado un mecanismo extraordinario de financiación que permitirá a las Comunidades Autónomas cancelar mediante una operación de crédito las deudas contraídas con proveedores, anteriores al 1 de enero de 2012. Para el consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón, José Luis Saz, esta medida contribuirá a la reactivación económica y al mantenimiento del empleo, al evitar que muchas empresas cierren por no cobrar de las administraciones.

Esta medida, que afecta a facturas que figuren en el registro administrativo del ejecutivo autónomo y que excluye las deudas contraídas con otras instituciones, comporta la remisión antes del 15 de abril de una relación de las obligaciones certificada por la Intervención General al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Su pronunciamiento favorable es necesario para que la Comunidad pueda acogerse al mecanismo de pago a proveedores.

El consejero de Hacienda explicaba que “el procedimiento va a ser rápido, de modo que muchas empresas verán solventado su problema de falta de cobro en poco tiempo, algo especialmente importante en un contexto de baja actividad y restricciones para el acceso al crédito”. Y añadía que “el pago a proveedores y el mantenimiento de los servicios básicos han sido prioritarios para el Gobierno aragonés desde el primer momento”.

Las Comunidades remitirán antes del 30 de abril un plan de ajuste al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas cuya duración comprenderá el periodo de amortización previsto para esta operación. También deberán enviar una solicitud de endeudamiento por el importe total del crédito transmitido por sus proveedores a las entidades de crédito y cuadros de seguimiento periódico de la deuda con sus proveedores.

Paralelamente, el Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobaba una serie de medidas que afectan a las Comunidades Autónomas como consecuencia del citado mecanismo extraordinario de financiación. Así, el límite de endeudamiento a 31 de diciembre de 2012 podrá incrementarse como máximo en el importe que se asigne a cada Administración para el pago a proveedores. Éste se determinará una vez conocida la cuantía de las operaciones de endeudamiento que formalicen con las entidades de crédito.

La sesión plenaria del Consejo, celebrada en Madrid, servía además para aplicar a las Comunidades Autónomas el acuerdo del Consejo de Ministros del 2 de marzo de 2012 por el que se aprueba un nuevo objetivo de estabilidad presupuestaria para este año del conjunto del sector público y de los agentes que lo integran.

Este objetivo, que contempla el impacto de la caída de la actividad económica en las cuentas públicas y mantiene a la vez el esfuerzo de reducción del déficit estructural, se sitúa en un -1,5 % del Producto Interior Bruto (PIB) regional para las Comunidades Autónomas. El límite de déficit para éstas para 2012 era anteriormente del -1,3 % del PIB regional.

 
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