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Sociedad

Servicios mínimos del Gobierno de Aragón para la huelga general

Las negociaciones entre el Gobierno de Aragón y el comité de huelga compuesto por representantes de las organizaciones sindicales UGT y Comisiones Obreras acordaban los servicios mínimos de la Administración de la Comunidad Autónoma durante la jornada de huelga general convocada para el jueves día 29 de marzo. Ha habido acuerdo en los sectores de Administración General, Justicia y Educación, pero no en Sanidad, donde los ha publicado mediante orden determinado el Departamento unilateralmente.

Desde la delegación sanitaria de CC.OO Aragón denuncian que en el Servicio Aragonés de Salud se ha establecido un escalón intermedio entre un día festivo y un día laborable, y no entienden por qué se realiza esta distinción. En Dependencia y clínicas privadas si se han establecido los servicios mínimos habituales de un día festivo.

SANIDAD

En el área de Sanidad, Bienestar Social y Familia los servicios mínimos contemplan una dotación de personal en todos los hospitales, residencias y centros de atención, con el fin de garantizar:

La atención urgente de todos los ciudadanos.Los tratamientos esenciales como la diálisis, quimioterapia, radioterapia y oxigenoterapia.

El transporte urgente.

La donación de sangre de voluntarios.

El suministro de componentes sanguíneos a los centros sanitarios públicos privados.

El suministro de tejidos y huesos a los centros sanitarios públicos y privados.

El funcionamiento del sistema de alertas de salud pública.

El funcionamiento de la coordinación de transplantes.

El visado urgente de recetas.

EDUCACION

Los servicios mínimos acordados en los centros públicos docentes de enseñanza no universitaria dependientes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte serán los siguientes:

Centros escolares de Enseñanza Primaria, Secundaria y Régimen Especial

Director o un miembro del equipo directivo.

1 PSA (personal de servicios auxiliares) en instituto de educación secundaria (IES).

1 Oficial de mantenimiento en colegios públicos.

1 cocinero/a en comedores escolares.

Jefe de estudios o secretario en las secciones.

Centros de profesores y recursos (CPRs), equipos de orientación educativa y psicopedagógica (OEPs) y centros públicos de educación de adultos

Director o un miembro del equipo directivo.

Colegios Rurales Agrupados

Director o un miembro del equipo directivo.

Centros de Educación Especial

Director o un miembro del equipo directivo.

1 Ayudante técnico sanitario (ATS) por turno.

2 Auxiliares en educación especial por turno.

1 PSA.

Servicio de comedor: 1 Oficial 1ª cocinero

1 Ayudante de cocina

Escuelas Hogar

Director o un miembro del equipo directivo.

1 Maestro por turno.

1 Cocinero por turno.

1 Ayudante de cocina por turno.

1 PSA.

Residencias

Jefe de residencia.

1 Profesor técnico por turno.

1 cocinero por turno.

1 PESD (limpieza).

1 PSA.

Guarderías infantiles

- Director.

- 2 Técnicos de jardín de infancia.

- 1 PSA.

- 1 PESD.

- 1 cocinero.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Se consideran servicios esenciales en la Administración de Justicia los siguientes:

Actuaciones de Registro Civil de carácter inaplazable.

Registro de documentos.

Todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la ley, cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos.

Medidas cautelares o provisionales.

Servicio de guardia de juzgados, fiscalías e Instituto de Medicina Legal.

Juicios orales del orden penal en causas con preso.

Servicios comunes de carácter urgente e inaplazable (registro y reparto, notificaciones y embargos).

Para la realización de estos servicios esenciales se determinan los correspondientes servicios mínimos  en el Tribunal Superior y Audiencias Provinciales, juzgados en servicio de guardia, órganos unipersonales, agrupaciones de juzgados de paz, unidades del Ministerio Fiscal e Instituto de Medicina Legal. 

Decreto de servicios esenciales

Por otro lado, el Consejo de Gobierno aprobaba en su reunión extraordinaria el decreto por el que se establecen las normas para garantizar la prestación de servicios esenciales en distintas actividades gestionadas por empresas privadas, tales como:

Centro de SOS-Aragón y atención al teléfono de emergencias 112.

Transporte sanitario y de emergencia mediante helicóptero.

Servicio de seguridad y mantenimiento de las instalaciones de los edificios judiciales.

Servicio de alquiler de vehículo con conductor para el servicio de actos de comunicación judicial.

Servicio de traducción e interpretación en órganos judiciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Servicios públicos de comunicación audiovisual.

Producción, transporte y distribución de energía eléctrica.

Producción, almacenamiento, transporte y distribución de combustibles gaseosos.

Producción, almacenamiento, transporte, distribución y suministro de combustibles y carburantes líquidos derivados del petróleo.

Servicio público de eliminación de residuos peligrosos.

Transporte por carretera.

Control de tráfico en la Estación Central de Autobuses de Zaragoza.

Centros residenciales destinados a personas con autonomía o en situación de dependencia Centros de día.

Transportes de usuarios a centros de día.

Transporte de alumnos de educación especial y transporte de discapacitados físicos y psíquicos a los centros educativos u ocupacionales.

Transporte de escolares.

Centros de menores residenciales.

 
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