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El juez da 20 días a Cataluña para responder por los bienes de Sijena

El titular del Juzgado de Huesca ha admitido a trámite la demanda interpuesta por el Gobierno de Aragón para declarar nulos de pleno derecho los contratos de compraventa de los bienes del Monasterio de Sijena. Además el juez ha emplazado a la Generalitat de Cataluña y la Orden de San Juan de Jerusalén para que respondan a la denuncia en un plazo de veinte días. El Ayuntamiento de Villanueva de Sijena se personaba este martes en el caso como codemandante, acompañando al Gobierno de Aragón.

El alcalde de Villanueva de Sijena, Alfonso Salillas, valora muy positivamente la noticia de la admisión a trámite porque el juicio se celebraría en Huesca y señala que “por primera vez jugaremos en casa”. También muestra satisfacción por los pasos que se están dando y por el apoyo a esta causa del Gobierno de Aragón.

Alfonso Salillas, alcalde de Villanueva de Sijena

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La demanda civil interpuesta por los servicios jurídicos de la Administración aragonesa en el mes de abril pretendía instar la nulidad de pleno derecho de los contratos de venta a la Generalitat suscritos por las hermanas sanjuanistas en 1983 y 1992 por 300.000 euros. En caso de no comparecer ambas partes podrían ser declaradas en rebeldía, lo que no afectaría a la tramitación del proceso hasta su resolución.

Cabe recordar que se apoya en un informe jurídico que considera nulas las ventas realizadas, al entender que rompen la indivisibilidad jurídica de un Bien de Interés Cultural (BIC) como el Monasterio de Sijena, monumento nacional, y se realizaron sin autorización del Ministerio de Cultura y del Gobierno aragonés. 

Esta reclamación afecta a 119 piezas del Monasterio de Sijena, pero Salillas recuerda que todavía queda mucho por hacer para que el cenobio recupere todo su esplendor. Para Salillas el ejemplo más sangrante es lo que se refiere a las pinturas de Sala Capitular.

TRES MESES DESPUÉS DE LA SENTENCIA DEL TC

La decisión judicial se produce casi tres meses después de hacerse pública una resolución del Tribunal Constitucional que rechazó las pretensiones de la Administración aragonesa de instar a un derecho de retracto sobre los bienes de Sijena vendidos a Cataluña. 

El Constitucional consideró que en el conflicto planteado prevalecían los derechos de Cataluña, ya que es a esta Comunidad a la que correspondía ejercer la competencia sobre bienes patrimoniales depositados en su territorio con independencia de su lugar de origen.

 
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