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El Alto Aragón recibirá ayudas del Estado para paliar los efectos de las inundaciones

La provincia de Huesca, así como el resto de zonas de la comunidad que sufrieron daños por las inundaciones del pasado 20 de octubre, recibirá dinero del Estado. El Consejo de Ministros aprobaba este viernes un real decreto en el que se contemplan ayudar para paliar los daños producidos por las lluvias torrenciales del pasado mes. Una decisión que llega tras la petición hecha por diferentes partidos políticos y administraciones de que las comarcas y localidades más afectadas fueran declaradas “zona catastrófica”.

Estas ayudas, aprobadas también para Andalucía, Murcia, Valencia, y Navarra son por daños personales y materiales en enseres, así como para los titulares de establecimientos industriales, mercantiles, agrarios o de servicios.

Las ayudas también incluyen a las personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, y a las corporaciones locales por los gastos causados para hacer frente a estas situaciones de emergencia.

Las cuantías por las ayudas son las siguientes:

. Ayudas por fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros

. Por destrucción o daños en enseres: el coste con el límite de 2.580 euros; a establecimientos industriales, mercantiles, agrarios o de servicios: hasta 8.000 euros.

. En cuanto a las ayudas por daños en la vivienda, por destrucción total: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros; por daños a la estructura: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros; por otros daños: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.

. Por daños a elementos comunes de una Comunidad de Propietarios: el 50% con un máximo de 8.000 euros, y por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad: 2.580 euros.

También se contemplan beneficios fiscales tales como la exención de las tasas aplicables a la tramitación de bajas de vehículos y de expedición de duplicados de los permisos de conducción o de circulación, cuando se soliciten como consecuencia de estos siniestros.

Asimismo habrá exención del IBI en las cuotas correspondiente al ejercicio 2012 para viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias y locales de trabajo o similares, cuando los daños hayan obligado al realojamiento total o parcial de personas o bienes.

En cuanto al impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: estarán exentas las ayudas por daños personales, y habrá además reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.

Finalmente, y entre otros, para las Infraestructuras locales, se financiarán hasta en un 50% e su coste, y para los daños en producciones agrícolas y ganaderas se compensarán las pérdidas superiores al 30 por 100 de su producción sufridas por los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas que tengan pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados para este año.

 
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