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Los sindicatos de Caja3 van a solicitar que se investigue las actuaciones de los directivos y el supervisor

FeS-UGT, CSICA, CiC y COMFIA-CCOO solicitarán que la Fiscalía Anticorrupción investigue a la cúpula directiva de Caja3, responsables de la situación económica del Grupo, y las indemnizaciones abonadas a los que recientemente han abandonado el Grupo, así como que se investigue la actuación del supervisor, el Banco de España.

Ya en octubre de 2011 se produjeron tensiones en dicho SIP por desavenencias en la valoración de lo que cada caja aportaba al SIP. La mayor toma de participación de Caja Badajoz en el Grupo saldó el problema formalmente. Fuentes cercanas a la operación informaban que el problema de fondo era la queja de que Caja Badajoz desconocía la situación patrimonial real de sus socias en el momento de la creación del SIP, cosa de la que el Banco de España no había informado tras las inspecciones del año 2009.

La entidad pacense sólo renunció a la ruptura del contrato cuando el supervisor le instó a que no lo hiciera, por las altas penalizaciones que le podía comportar (hasta un 30% de su balance).

Por otra parte, la salida de los directivos, entre ellos dos de los directores generales de las cajas del citado SIP, se producía escasos días antes de la presentación del plan de reestructuración, que incluye 592 despidos. Aunque se comunica como dimisión, es notorio que se han realizado mediante indemnizaciones, de las que se desconocen las cuantías (presumiblemente millonarias) ni el motivo por el cual se han abonado, pues no han sido aprobadas por los Consejos de Administración de las cajas ni dadas a conocer a las Comisiones de Retribuciones respectivas.

El SIP Caja 3 inició, día 12 de diciembre, la apertura de un ERE, poniendo como tope máximo para llegar a un acuerdo laboral el próximo domingo día 17 de diciembre, haciendo desprecio del marco laboral vigente. El Convenio Colectivo obliga a entablar negociaciones previas a la apertura de expedientes de regulación de empleo y la Ley establece treinta días de plazo para este tipo de procedimiento laborales.

 
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