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El PAR de Huesca pide regular las ausencias por enfermedad de los empleados del Ayuntamiento

El Grupo municipal del Partido Aragonés (PAR) defenderá en el próximo pleno del consistorio oscense una propuesta de resolución en la que se pide que la institución regule “en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal, para el personal al servicio de esta entidad local y organismos dependientes de la misma, unas condiciones y requisitos al menos equiparables al personal de la Administración del Estado, mediante el máximo consenso posible con la representación de los trabajadores”.

La iniciativa se deriva de las dudas generadas por la normativa estatal en este asunto de las ausencias por enfermedad o accidente que no motivan una baja médica. Según la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013, a los empleados públicos de todas las administraciones se les aplicará el mismo ‘descuento en nómina previsto para la situación de incapacidad temporal’ cuando falten al trabajo sin baja médica, aunque sea un solo día y de manera justificada por enfermedad o accidente. En la misma Ley se indica que para los trabajadores del Estado, ese descuento salarial se determina por una orden ministerial que fue dictada a continuación.

En esta norma complementaria (Orden HAP/2802/2012) se fija el número de estas ausencias que no dan lugar a descuentos, en cuatro días a lo largo del año, de los cuales sólo tres podrán ser consecutivos, y siempre debidamente justificadas. A partir del cuarto día se practicará la misma deducción prevista para los tres primeros días de deducción por incapacidad temporal.

La Orden también especifica que se refiere únicamente al personal de la Administración del Estado ‘quedando pendiente’ lo referido al personal de las demás administraciones públicas ‘debido a su regulación bajo legislación específica propia’. Así mismo, la Ley de Presupuestos señala que las deducciones en la nómina serán aplicadas ‘en los términos y condiciones que establezcan respecto a su personal cada una de las Administraciones públicas’.

Según afirma el PAR en su propuesta, todo ello provoca que el personal del Ayuntamiento se encuentre en un ‘limbo legal respecto a esta cuestión, por el que podría incluso serle exigible algún descuento en su nómina en los casos de ausencia por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal, sin excepción’.

 
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