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La DGA garantiza que la función de los rescates seguirá siendo de la Guardia Civil

Así lo ha confirmado el director de política territorial del Gobierno de Aragón en declaraciones a Radio Huesca.

Se indica que el artículo 2 “concepto y funciones” habla de servicios que los bomberos podrán realizar pero nunca habla, se apunta, de quitar la competencia a la Guardia Civil.

Javier Artajo, ha explicado que “en ningún momento se ha pensado con esta Ley que la Guardia Civil deje de prestar el servicio”.

Es una ley que la DGA ha querido centrar en la prevención, extinción de incendios y salvamento y no en los rescates.

COMUNICADO DE LA DGA

El Gobierno de Aragón en una nota de prensa ha indicado que la ley no habla de “competencia” y sí de funciones

En la información de Radio Huesca, se indicaba que el artículo 2 de la Ley indica que los Bomberos “tienen la competencia en operaciones de rescate y salvamento en el medio natural”.

Para la DGA esta afirmación no es así (se desmiente) y apunta el texto del artículo 2 de la Ley se refiere exclusivamente a funciones.

Este articulo dice la propia DGA indica lo siguiente: los puntos “g” e “i” de este artículo dicen que son “funciones” de los Bomberos “la intervención en operaciones de rescate y salvamento en el medio natural” y “la intervención en operaciones de salvamento acuático y subacuático”.

La Ley insiste en que se trata de “funciones” y no de “competencias”. De hecho, el Director General de Interior del Gobierno de Aragón, Javier Artajo, ha precisado que “a ningún Gobierno se le ocurriría eliminar el servicio de rescate en montaña de la Guardia Civil, un servicio impagable”.

La Ley, ha insistido Artajo, “faculta a los Bomberos a prestar un número importante de servicios, lo que no quiere decir que se les otorgue competencia en la materia y mucho menos que se eliminen competencias a otras Fuerzas de Seguridad del Estado”.

 
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