Economía y negocios

Devueltos casi 3 millones de euros por la Agencia Tributaria. Ya se puede presentar la declaración del IRPF por internet

La Agencia Tributaria ha devuelto ya, en la provincia de Huesca, casi 3 millones de euros (2.853.000 €), después de tres semanas de campaña telemática del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente a 2012. Es un 30,26% más que en el mismo periodo del pasado año. Hasta el 23 de abril, el número de devoluciones abonadas había crecido un 34,05%, hasta superar la cifra de 4.500. La campaña recibe desde este miércoles un nuevo impulso con la posibilidad de presentar declaración por internet para todos aquellos contribuyentes que decidan optar por esta vía frente a la del borrador, o no puedan hacer uso del mismo por su perfil de rentas.

De esta forma, a los más 7.620 borradores ya confirmados, lo que supone 1.775 más que en las primeras tres semanas del año pasado, se comenzarán a sumar a partir de ahora las declaraciones por internet de contribuyentes que, por ejemplo, desarrollan una actividad profesional, o cuentan con arrendamientos o ganancias patrimoniales sin retención, entre otros supuestos que no permiten presentar el borrador del IRPF.

Para estos contribuyentes, en la actual campaña se ha adelantado la posibilidad de presentar declaraciones por internet a través del programa de ayuda PADRE, que se encuentra disponible desde el pasado 10 de abril. Con este apoyo, y aprovechando los datos fiscales que facilita la Agencia Tributaria, a través de la página web www.agenciatributaria.es los contribuyentes pueden ya confeccionar y presentar su declaración de la Renta, algo para lo que, hasta ahora, debían esperar hasta el mes de mayo. Adelantando su declaración por internet, podrán recibir las primeras devoluciones vinculadas con una declaración a partir del 6 de mayo, diez días antes que el año pasado.

Está previsto que la presente campaña cuente, en toda España, con 19.525.000 declaraciones, de las que 14.935.000 darán derecho a devolución, por un importe total de 10.665 millones de euros, y 4.100.000 declaraciones saldrán con resultado a ingresar, por importe de 6.525 millones de euros.

La aceleración de borradores confirmados y devoluciones abonadas hasta la fecha, gracias a la utilización de la vía telemática para la presentación, viene acompañada también por la ampliación del colectivo de usuarios del borrador a más de 1,5 millones de contribuyentes que, debido a las características de sus rendimientos, hasta ahora no tenían la oportunidad de utilizarlo.

Entre estos nuevos beneficiarios potenciales del borrador se encuentran los contribuyentes con pérdidas derivadas de fondos de inversión, los perceptores de subvenciones no destinadas a actividades económicas y los contribuyentes con un máximo de ocho inmuebles no arrendados (sin contar la vivienda habitual, un trastero y dos plazas de garaje). La confirmación del borrador de Renta por internet acelera la devolución y evita al contribuyente los desplazamientos a las plataformas habilitadas por la Agencia Tributaria y las entidades colaboradoras.

Esta aceleración de la presentación de borradores por internet, que se aprecia también en las declaraciones a ingresar, con un crecimiento superior al 24% con respecto a los mismos días de campaña del pasado año, viene acompañada de un nuevo incremento en las solicitudes de números de referencia para la obtención rápida del borrador y los datos fiscales a través del sistema REN0. A fecha de 23 de abril, ya se han tramitado más de 5,7 millones de solicitudes de este servicio, que permite realizar las gestiones sin necesidad de contar con certificado electrónico y sin esperar a la recepción de los borradores y datos fiscales por correo. La pasada campaña 12,6 millones de ciudadanos utilizaron el servicio, prácticamente duplicando las cifras del año anterior, y este año se espera llegar a los 15 millones de solicitudes.

Accediendo por internet al servicio REN0 se puede obtener el borrador de forma inmediata: se solicitará el NIF y primer apellido del contribuyente, la casilla 620 de la Renta 2011 y un número de móvil al que se enviará un SMS con el número de referencia para la consulta, revisión, en su caso modificación y confirmación del borrador, que implica ya la presentación de la declaración. A los no declarantes en el ejercicio anterior y a los nuevos declarantes, en lugar de la casilla 620 se les solicitará el código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente.

El servicio de atención personalizada en oficinas se comenzará a prestar a partir del 13 de mayo, aunque desde el día 6 de mayo ya será posible presentar las declaraciones en oficinas de la Agencia, instalaciones dispuestas por las CCAA y entidades colaboradoras. El último día de campaña de la Renta 2012 será el 1 de julio.

Quiénes no están obligados a declarar

Se mantiene la misma regulación que el año anterior en cuanto a los obligados a presentar la declaración del IRPF. En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales.

El límite para no declarar se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos:

Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.

Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

 
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